Ciudad del Vaticano, 1 abril 2015 (VIS).-La Santa Sede y el Gobierno de la República italiana han firmado esta mañana en la Secretaría de Estado un acuerdo en materia tributaria.
Por la Santa Sede ha firmado el arzobispo Paul Richard Gallagher, Secretario para las Relaciones con los Estados y, por la República Italiana, Pier Carlo Padoan, Ministro de Economía y Finanzas, provisto de plenos poderes.
Las reformas introducidas a partir de 2010 y la creación en la Santa Sede de instituciones con competencias específicas en materia económica y financiera, permiten hoy en día la plena cooperación administrativa incluso a efectos fiscales.
Dada la importancia de las relaciones bilaterales, Italia es el primer país con el que la Santa Sede firma un acuerdo que regula el intercambio de información.
El acuerdo -en línea con el proceso global de transparencia en el sector de las relaciones financieras – se hace eco de las normas internacionales más actualizadas en materia de intercambio de información (artículo 26 del Modelo de la OCDE) para regular la cooperación entre las autoridades competentes de las dos partes. El intercambio de información abarcará los años fiscales a partir del 1 de enero de 2009.
A partir de la fecha de entrada en vigor del acuerdo, se podrán cumplir plenamente, con procedimientos simplificados, las obligaciones fiscales relativas a las actividades financieras llevadas a cabo ,en los entes que desempeñan esa función en la Santa Sede, por parte de algunas personas físicas y jurídicas residentes a efectos fiscales en Italia. Dichos sujetos podrán acceder a un procedimiento de regularización de tales actividades, con los mismos efectos previstos por la ley n. 186/2014.
El acuerdo implementa, además, las disposiciones del Tratado de Letrán relativas a la exención de impuestos de los bienes inmuebles de la Santa Sede indicados en dicho Tratado.
Por último, se integra también en el acuerdo el intercambio de notas del mes de julio de 2007 entre el Ministerio de Asuntos Exteriores y la Secretaría de Estado, que prevé la notificación, por vía diplomática, de los actos tributarios a los entes de la Santa Sede.