La Comisión Técnica de Expertos, del Consejo Dominicano para la calidad (CODOCA) aprobó la nueva Norma Dominicana para Jugos (Zumos) y Néctares de Frutas (NORDOM 270), basada en la Norma del CODEX Alimentarios (Codex Stan 247-2005).
El reglamento establece las especificaciones generales que deben cumplir los néctares de frutas, que normalmente son los jugos preenvasados que se comercializan en el país y a los que tienen acceso la mayoría de los dominicanos.
Estos parámetros fueron adoptados por la Comisión Técnica de expertos, en correspondencia con la Norma General de Codex para zumos (jugos) y néctares de frutas (CODEX STAN 247) del año 2005, siguiendo la recomendación prevista en el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC) de la Organización Mundial del Comercio (OMC), sobre el uso de normas internacionales o sus elementos pertinentes en la elaboración de normas nacionales, cuando estas existan.
Codex Alimentarius significa "Código de alimentación" y es la compilación de todas las normas, Códigos de Comportamientos, Directrices y Recomendaciones de la Comisión del Codex Alimentarius, el más alto organismo internacional en materia de normas de alimentación. La Comisión es un organismo subsidiario de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) y de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
La Ley 166-12 Del Sistema Dominicano para la Calidad (SIDOCAL) establece la Comisión Técnica de Expertos del Consejo Directivo del CODOCA, que dirige la viceministra Anina Del Castillo, como Secretaria General y entre sus funciones principales está la de aprobar, oficializar y recomendar la elaboración, actualización, adopción, adaptación, armonización, derogación y divulgación de las normas que faciliten la evaluación de la conformidad, el desarrollo de los sectores productivos y de las bases para mejorar la calidad de los productos, procesos, instalaciones y servicios.
La nueva NORDOM 270 sobre jugos dará garantía, seguridad y certeza a los consumidores dominicanos sobre el contenido adecuado de frutas en el producto que está adquiriendo, el cual será conforme a estos estándares de calidad internacionalmente reconocidos.