Anuncia acudirá al Tribunal Constitucional y citará JCE, PRD, PRM, PLD, Senado y Cámara de Diputados
El diputado de la Fuerza Nacional Progresista (FNP) Vinicio Castillo Semán, anunció esta tarde que en las próximas horas presentará una Acción Constitucional de Amparo Preventivo ante el Tribunal Superior Electoral, ante la inminencia de vulneración de derechos constitucionales de los ciudadanos dominicanos de participar en un referéndum aprobatorio de la reforma constitucional, que busca levantar la prohibición expresa que la Constitución y el mandato popular otorgado el 20 de mayo del 2012 le hicieran al Presidente Danilo Medina para presentarse nueva vez como candidato a la presidencia en las elecciones del año 2016.
“Existe un peligro inminente y real de que los derechos fundamentales de los dominicanos de participar en un referéndum aprobatorio en virtud del Art.272 de la Constitución sea conculcado. La Junta Central Electoral, a través de su presidente Roberto Rosario Márquez, fijó una posición pública de que es obligatorio un referéndum para restablecer la reelección presidencial y que ese organismo necesita leyes y los recursos necesarios para organizarlo. Emplazaremos a la Junta Central Electoral, al Senado, a la Cámara de Diputados, al PLD, al PRD y al PRM para que comparezcan ante esta acción de amparo”, expresó Castillo Semán.
“El presidente del Partido de la Liberación Dominicana, Dr. Leonel Fernández, ya planteó públicamente la obligación del referéndum. Lo mismo ya había hecho el Senador Reinaldo Pared Pérez, en declaración de 10 julio del año 2014. El PRD y el PRM también han fijado posición pública en cuanto a la obligatoriedad del referéndum. Juristas de la talla de Dr. Marino Vinicio Castillo, Juan Manuel Pellerano, Ramón Pina Acevedo, Rafael Luciano Pichardo, Dr. Enmanuel Esquea, Dr. José Rafael Abinader, Colegio de Abogados, se han pronunciado en cuanto a la obligatoriedad del referéndum en virtud del Art. 272, ya que se trata de un derecho de ciudadanía de elegir y ser elegido, que ya fue considerado como derecho fundamental por el Tribunal Constitucional en su sentencia 175-13”, concluyó Castillo Semán.