Es autor de obras muy bien documentadas, razonadas y muy críticas sobre la Iglesia Católica, desde hace añales dos de ellas no resisten más subrayados y relecturas en mi biblioteca: Mentiras fundamentales de la Iglesia Católica (1997) y Pederastia en la Iglesia Católica: Delitos sexuales del clero contra menores, un drama silenciado y encubierto por los obispos (2002), es este segundo cuyo enfoque debe replantear, a partir de la conducta de los tres últimos papas, y sobre todo la del papa Francisco, que han puesto fin a la impunidad.
Reconocimiento aparte habrá de merecerlo la Iglesia Católica dominicana, cuyo cardenal, aún sin que la conducta pedófila del nuncio apostólico de su santidad en República Dominicana, Josef Wesolowski, alcanzara exposición mediática, empoderó al Papa de un condensado de los abusos sexuales contra menores cometidos por su embajador, que de inmediato activó los cambios que ha vivido el catolicismo en esa materia, y que expusieron por primera vez a un clérigo ante una inevitable sanción penal.
Pepe Rodríguez concluía su ensayo planteando que “el problema fundamental no reside tanto en que haya sacerdotes que abusen sexualmente de menores, sino que el Código de Derecho Canónico vigente, así como todas las instrucciones del Papa y de la curia del Vaticano, obligan a encubrir esos delitos y a proteger al clero delincuente. En consecuencia los cardenales, obispos y el propio gobierno vaticano practican con plena conciencia el más vergonzoso de los delitos: el encubrimiento”.
Un sacerdote que comentó su ensayo, el padre Alberto Athié escribió: “Las conductas de abuso sexual a menores por parte de clérigos, así como el patrón de conducta encubridor por parte de las autoridades eclesiásticas, contradicen el Evangelio, vulneran la dignidad y los derechos fundamentales de la persona, y cuestionan la naturaleza misma de la misión de la iglesia en el mundo y el papel de sus autoridades”.
Hasta que el Papa Francisco dispuso el Motu Propio, que penalizó la pederastia, las disposiciones canónicas resultaban muy benignas: “un clérigo que haya violado a un menor (can. 1395.2) En caso de que ese delito no hubiese prescrito por haber transcurrido demasiado tiempo desde su comisión (can. 1362.1.2) si resulta condenado, no podrá recibir del tribunal eclesiástico católico más castigo penal que una amonestación (can. 1339), y/u otras penas expiatorias, que priven a un fiel de algún bien espiritual o temporal, y estén en conformidad con el fin sobrenatural de la Iglesia”.
Esa no es la realidad actual de la Iglesia Católica y por eso Josef Wesolowiski, además de haber sido juzgado por la Congregación para la Doctrina de la Fe, que en julio del 2014 lo despojó de su condición sacerdotal, también fue sometido a un proceso penal, expuesto a una condena de seis a diez años de prisión.
Francisco se entronizó en marzo del 2013, pero desde el 2004 la Iglesia venía mostrando cambios importantes frente a la pederastia, logrando en once años documentar 3,420 casos que concluyeron con la destitución de 884 sacerdotes.