El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), mediante la resolución No. 371-04 fijó en RD$9,855.00 el monto del Salario Mínimo Nacional para calcular el límite superior del salario cotizable del Régimen Contributivo del Seguro Familiar de Salud, del Seguro de Riesgos Laborales y del Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia.
La aprobación de este salario mínimo nacional servirá de tope para el salario máximo cotizable el cual será calculado en base al promedio de las tres clasificaciones de los salarios mínimos del sector privado no sectorizado establecidos por el Comité Nacional de Salarios del Ministerio de Trabajo.
La información fue ofrecida por el Gerente General del CNSS, Rafael Pérez Modesto, quien explicó que la resolución deja sin efecto cualquier norma que le sea contraria en todo y será efectiva a partir del 1ro. de Octubre del 2015, la misma servirá de base para la emisión de las Notificaciones de Pago de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), del período correspondiente al mes de Octubre del 2015.
Resaltó que la disposición del Consejo especifica que en lo adelante, tan pronto el Comité Nacional de Salarios apruebe y el Ministerio de Trabajo refrende una nueva escala para los salarios mínimos para el Sector Privado no Sectorizado.
La Tesorería de la Seguridad Social (TSS) podrá establecer el nuevo monto de salario mínimo nacional para el período subsiguiente, utilizando la metodología del cálculo establecida en la Resolución 32-07 del 27 de junio de 2002.
En otro aspecto el órgano rector del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) a través de la resolución No. 371-05, instruyó a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) a especializar RD$134, 306,184.61, de los fondos registrados en la Cuenta Cuidado de la Salud, a los fines de proceder a la devolución de pagos en exceso realizados en el período comprendido entre Enero a Diciembre del año 2014. La TSS ofrecerá más detalles sobre el tema y lo dará a conocer a la ciudadanía.