Santo Domingo, D. N.- La Alianza Dominicana Contra la Corrupción, ADOCCO, respaldó hoy el proyecto de ley sometido al senado de la república por el senador José Rafael Vargas, que procura quitarle competencia al Tribunal Superior Electoral para conocer las solicitudes de rectificaciones de las actas del estado civil, ate la ineficiencia demostrada por esa alta corte, lo que ha provocado enormes problemas a miles de ciudadanos que requieren de ese servicio para resolver errores que en la mayoría de los casos son mecanográficos y ortográficos en sus actas de nacimiento, matrimonio y defunción.
Julio Cesar De la Rosa Tiburcio, Coordinador General de la entidad de la sociedad civil, calificó de gran valor la propuesta del senador de Espaillat, que no solamente devolvería esa facultad a la justicia ordinaria, sino que el mismo traería la novedad de que en vez de los tribunales de primera instancia en sus atribuciones civiles como ocurría antes, sean los juzgados de paz quienes tendrían esas atribuciones, lo que ampliaría significativamente la oportunidad de que los ciudadanos tengan acceso rápido y gratuito a la justicia, lo que en el actual esquema no es posible, en vista de que el Tribunal Superior Electoral, opera en el Distrito Nacional y los juzgados de paz en cada uno de los municipios de la geografía nacional. Dijo.
En el actual esquema se hace imposible lograr los propósitos fundamentales de la justicia hacia los ciudadanos que son la accesibilidad, gratuidad y prontitud, ya que los que requieren del servicio de rectificación de actas del estado civil, tienen que depositar los expedientes en la junta municipal del lugar de procedencia del interesado y luego debe hacer las diligencias en la sede del TSE, lo que implica que el usuario tenga que trasladarse a la capital con lo que implica económicamente, sin contar con la tradicional burocracia que ocasiona que muchos expedientes luego de depositado en la junta correspondiente pasan tiempos para tramitarlo al Tribunal Superior Electoral.
“Estamos seguro de que el proyecto de ley que pretende pasar a los juzgados de paz el conocimiento de las demandas de rectificaciones de actas del estado civil, encontrará pleno respaldo de la ciudadanía y sobretodo de abogados que a diario someten expedientes de corrección de errores materiales en esos documentos, que constantemente externan sus quejas por la lentitud en la evacuación de sentencias lo que implica pérdida de oportunidades para el que solicita esa solución, destacándose los casos de prospectos del béisbol que por errores materiales en su documento de nacimiento se han visto impedidos de obtener un buena firma para pasar al profesionalismo, perdiendo el chance de resolver sus problemas y el de su familia por el tiempo que dura un caso en el TSE, llegando hasta a dos años lo que antes se podía resolver en 15 días”. Agregó el vocero de ADOCCO.
La competencia para conocer ese tipo de demandas fue otorgada al Tribunal Superior Electoral a través de la ley 29-11, del 20 de enero del 2011, que si bien ha recibido 23,238 expedientes, de los cuales han salido 15,792 sentencias, conforme a las informaciones servidas por el Departamento de Rectificaciones de Actas de la alta corte, bien es cierto que eso le ha representado a esos ciudadanos pérdida de tiempo, así como grandes inversiones en traslados y pago de honorarios a abogados, lo que se reduciría muy significativamente, si esas diligencias se realizaran en los juzgados de paz, por estar los mismos en la localidad de los demandantes de ese servicio y permitiría a esa instancia tener conocimiento cabal del caso sometido, llegando incluso a indagar directamente en las oficialías del estado civil del municipio.
A juicio de De la Rosa Tiburcio, el TSE, no quiere soltar esa labor, porque sabe que eso significaría una reducción de su presupuesto, que además de cubrir los altos salarios de sus jueces, es en esa labor donde justifica su razón de existencia, ya que sus operaciones contenciosas son mínimas, por lo que de aprobarse como espera se apruebe el citado proyecto, quedaría el TSE con pocas actividades que realizar, lo que deberá tomarse en cuenta ante una modificación a la constitución que ese tribunal desaparezca y que esas atribuciones la asuma una instancia conformada por jueces de cortes, que se conforme previo a los procesos electorales y de manera ocasional cuando haya que dirimir un litigio de partido político, evidentemente con la existencia de la ley de partidos políticos y procesos electorales. Terminó diciendo.