El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), mediante la resolución No. 374-07 del 15 de octubre 2015, instruyó a la Gerencia General del CNSS a remitir al Poder Ejecutivo el Anteproyecto de Ley que modifica el Recargo por Mora en el pago al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), establecido en la Ley 87-01.
Una vez aprobada la propuesta por el Poder Ejecutivo será sometida al Congreso Nacional, busca dar respuesta a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), que tienen deudas atrasadas y debido a la aplicación acumulativa de los recargos e intereses que las mismas generan se han convertido en impagables para miles de pequeños empresarios.
“Estas empresas han optado por mantener sus actividades productivas en la informalidad, lo que incide en la desprotección de sus trabajadores en los regímenes de salud, riesgos laborales y pensiones por vejez, discapacidad y sobrevivencia”, informó el Gerente General del CNSS, Rafael Pérez Modesto.
Explicó que la nueva estructura del recargo por mora consiste en cambiar el 5% mensual acumulativo por un recargo equivalente al porcentaje de rentabilidad mensual promedio que hayan pagado las AFP´s a las cuentas de capitalización individual en el mes calendario anterior al período de la notificación de pago incumplida más un 0.5% sobre el monto de las aportaciones no pagadas.
El funcionario dio a conocer que esta modificación permitirá que más de 500 mil nuevos afiliados y beneficiarios que ingresarán al Sistema al tiempo que detalló que esta afiliación tendrá un impacto importante en la cobertura del Seguro Familiar de Salud del Régimen Contributivo al menos un 76 %. Esta modificación a la Ley 87-01 no es una amnistía, es un cambio a la estructura de pago que facilitará el pago de atrasos y aumentará significativamente el nivel de ingresos del SDSS a través de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).
Pérez Modesto dijo que empleadores públicos y privados, entre los cuales se encuentran asociaciones sin fines de lucro, empresas, ayuntamientos e instituciones estatales descentralizadas y autónomas que mantienen deudas en atraso por concepto de las cotizaciones a la Seguridad Social, los cuales han planteado que pudieran cumplir con los pagos si se les permitiera la posibilidad de realizarlos con una reducción de los recargos acumulados.
Más del 80% de la deuda en atraso acumulada en el sistema de la seguridad social corresponde a recargos por mora derivadas de las cotizaciones en los regímenes de salud, riesgos laborales y pensiones.
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