NUEVA YORK.-El cónsul general de la República Dominicana en esta ciudad y miembro del Comité Político del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), arquitecto Eduardo Selman, proclamó que la Constitución del 29 de abril de 1963, cuando el profesor Juan Bosch fue Presidente, fue el instrumento político social más avanzado que país alguno en América Latina haya logrado hasta la fecha.
Selman dictó anoche una conferencia sobre la Constitución en la escuela Juan Pablo Duarte (P. S. 132), localizada en el 185 de la avenida Wadsworth a esquina calle 182 en el alto Manhattan, durante la actividad “Un Día de la Constitución Dominicana”, organizada por cinco organizaciones y a la misma asistieron cientos de dominicanos. La definió como “el acta de nacimiento de nuestra patria”.
Comenzó su disertación aludiendo al patriotismo de Juan Pablo Duarte, forjador de la República Dominicana; José Martí, conocido como “el apóstol de la Independencia de Cuba” y el inolvidable hombre de letras Eugenio María de Hostos, a quienes venera junto al ex presidente profesor Juan Bosch.
En pocos países se han dado tantas modificaciones de Constituciones en un periodo tan corto, como las 39 que ha tenido la de la nación dominicana, consideró el cónsul Selman.
Afirmó que la Reforma Constitucional de junio de 2015 le permite al presidente Danilo Medina gobernar el país por un nuevo periodo de otros cuatro años, ya que se reformó el articulo 124 sobre la Elección Presidencial, el cual establece que:
“El Poder Ejecutivo lo ejerce el Presidente o la Presidenta de la República, quien será elegido o elegida, cada cuatro años, por voto directo. El Presidente o la Presidenta de la República podrá optar por un segundo período constitucional consecutivo, y no podrá postularse jamás al mismo cargo ni a la vicepresidencia de la República”.
Selman hizo un amplio análisis sobre las 30 reformas que ha experimentado la Constitución, empezando desde la creación de la Sociedad Secreta La Trinitaria, “un verdadero ejército secreto liderado por el patricio Juan Pablo Duarte que se extendió por todo el país, creando conciencia de que éramos una nacionalidad y que teníamos derecho a ser una nación libre e independiente”.
Dijo que Juan Pablo Duarte murió en Venezuela al ser desterrado y una actitud similar se tomó contra el profesor Juan Bosch, quien “fue sacado del poder, exiliado y no volvió más a ejercer la Presidencia por muchas razones, algunas históricas y otras de carácter personal, pero que todos sabemos que ha sido el mejor gobernante que ha tenido la República Dominicana”.
Entre los asistentes a la magnífica conferencia ofrecida por el también Secretario de Dominicanos en el Exterior del PLD, se destacan Frank Cortorreal, embajador permanente ante la Organización de las Naciones Unidas, asambleísta estatal Guillermo Linares, diputado de ultramar Alfredo Rodríguez; vicedecano de la Escuela de Medicina de la Universidad Columbia, doctor Rafael Lantigua, ex concejal y dirigente demócrata Robert Jackson; el rector de la Universidad Autónoma de Santo Domingo, doctor Iván Gullón Fernández; los vicecónsules Víctor Acosta, Nelson Pimentel, Víctor Compres, Francisco Robles, Sobeira Duran y Cecilia Báez.
También la doctora Clara Benedicto, Directora General de Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales de la UASD; las maestras Rocío Billini, Directora de Intercambios Académicos y Ana Dolores Contreras, Decana de la Facultad de Ciencias de la Educación, el Consultor Jurídico doctor Pedro Tulio García, sus representantes en esta urbe John Sheppard y Julio Cesar Sepúlveda, representaciones del Departamento de Policía de Nueva York y de la Academia de Bomberos Dominicanos en Nueva York presidida por Juan Gutiérrez.
El funcionario consular afirmó que el gran mérito de la Carta Magna del año 1963 “es haber establecido avances sociales sin precedentes hasta el presente, entre ellos derecho y no discriminación en el trabajo y a la iniciativa privada, derecho de los discapacitados inclusive, a la huelga y la participación de los trabajadores en beneficio de la empresa.
Asimismo igualdad de derechos del hombre y la mujer, libertad sindical, de pensamiento, de asociación y de culto así como derecho de la familia a la vivienda y protección al patrimonio familiar.
También reconoce el derecho de igualdad de los hijos, la unión libre, de los cónyuges y el divorcio, la educación gratuita, la libertad de enseñanza y al magisterio como función pública privilegiada, a la salud como un derecho fundamental, además de que en lo que respecta a la economía, prohíbe los monopolios, las actitudes oligopólicas y la especulación.
Además prohíbe el latifundio, el minifundio y da categoría a las cooperativas; garantiza mercado a los productos agrícolas, la reforma agraria, incentivos a zonas turísticas y zonas francas; prohíbe la deportación de los dominicanos y la publicidad vejatoria contra los presos, garantiza el derecho del ciudadano o persona jurídica a pedirle medidas de interés público a cualquier poder del Estado.
Selman se lamentó de que fuera frustrada por el golpe militar del 25 de septiembre del 1963, cuando por medio del manifiesto dirigido al pueblo dominicano por los comandos de las fuerzas armadas y la policía nacional depusieron al presidente de la República Prof. Juan Bosch y se declaró "inexistente la última Constitución de la República, votada por la constituyente surgida de las últimas elecciones generales”.
El evento que fue conducido por Rosa Jáquez, presidenta de la Fundación El Rocío, se inició con la entonación del himno nacional dominicano seguido por las palabras de invocación de parte de Carmen Rojas, presidenta de Padres Abogando por los Niños; la principal de la escuela Juan Pablo Duarte, Xiomara Nova y Miguel Suriel, quienes dieron la bienvenida a Selman y a los padres de estudiantes y a los funcionarios, al tiempo de resaltar las cualidades del disertante. Las palabras de clausura estuvieron a cargo de Cesar Romero y Miguelina Concepción, del Instituto Duartiano y la Fundación Profesor Juan Bosch, que participaron en la organización de la actividad.
Antes de la dictadura trujillista
En el siglo XX, se produjeron seis reformas constitucionales antes de la dictadura de Rafael Leónidas Trujillo: dos con Ramón Cáceres en 1907, 1908 y cuatro con Horacio Vásquez en 1924, 1927, y dos en 1929. Luego se sucedieron siete reformas durante la dictadura de Trujillo: 1932, 1934, 1947, 1955, 1959 y 1960 –junio y diciembre.
El 29 de septiembre de 1961 se estableció el Consejo de Estado, que ejerció los poderes Legislativo y Ejecutivo. El Consejo de Estado procede a convocar una Asamblea Revisora para realizar elecciones el 20 de diciembre de 1962, de la que salió electo presidente el Profesor Juan Bosch.
Selman reveló que al profesor Juan Bosch el doctor Balaguer le había ofrecido la vicepresidencia del Consejo de Estado pidiéndole ocupar el cargo para que al momento de él renunciar pasara a presidir el Consejo a lo que Bosch le respondió que de ser gobernante del país lo sería por la voluntad de los dominicanos y no por la de un hombre.
En el caso de Trujillo fueron 31 años de dictadura, puntualizó Selman al sostener que las reelecciones se hacían entonces en forma despótica para satisfacer los deseos y el interés de un Presidente y ejercer en forma omnímoda en un país que prácticamente estaba secuestrado y acomodado para beneficiar a una familia.
En 1966 se produce una nueva reforma a la Constitución, propiciada por el nuevo Presidente de la República, Dr. Joaquín Balaguer, cuyo modelo permaneció invariable hasta el 25 de julio de 1994, estableciéndose como el modelo constitucional de más larga duración en el quehacer político dominicano. El cambio más importante de esta reforma fue la reintroducción de la reelección presidencial consecutiva.
En la nueva reforma constitucional de 1994 los puntos más relevantes son: la prohibición de la reelección presidencial inmediata, separación de las elecciones presidenciales de las congresuales y municipales, recorte a 2 años del gobierno de presidente Joaquín Balaguer del 1994 al 1996, establecimiento de colegios cerrados y de mayoría absoluta para ganar las elecciones presidenciales y la creación del Consejo Nacional de la Magistratura, cuya función principal será designar los miembros de la Suprema Corte de Justicia.
El funcionario consular dijo que en la reforma del 25 de julio del 2002 se aprobó la reelección presidencial consecutiva mientras que la nueva Constitución del 26 de enero 2010 contiene avances institucionales para el funcionamiento y organización del Estado y la creación de nuevos organismos judiciales, ya que consta de 277 artículos y 19 disposiciones transitorias, contempla la igualdad de género y la participación popular para presentación de proyectos de leyes ante el Congreso e impone sanciones contra los ministros y funcionarios que se nieguen a asistir a una invitación del Senado o la Cámara de Diputados.
También cambia el concepto de Secretarías de Estados por Ministerios y el de síndico por alcaldes, reestructura el Consejo Nacional de la Magistratura, incorpora el nuevo Tribunal Constitucional y el Tribunal Superior Electoral como entidades independientes de la Suprema Corte de Justicia y reestructura la Suprema Corte de Justicia, sin jurisdicción en materia constitucional o electoral.
La Constituyente
Asimismo se refirió al Juramento Trinitario, el manifiesto del 16 de enero del 1844, “primer documento oficial de la nación, con el cual se inicia nuestra colección de leyes” y cuya redacción “se le atribuye a Don Tomás Bobadilla y Briones, aunque otros dicen que fue obra de Francisco del Rosario Sánchez y Matías Ramón Mella”. Fue firmado por Francisco del Rosario Sánchez, Matías Ramón Mella y Vicente Celestino Duarte, quienes dirigían “La Trinitaria” como consecuencia del destierro de Duarte en Venezuela.
Comento sobre la Asamblea Constituyente, cuyos integrantes empezaron sus trabajos el 21 de septiembre de 1844, cuando ya Duarte y el resto de los líderes trinitarios habían sido declarados por la Junta Gubernativa de Pedro Santana como “traidores e infieles a la patria”. Esa junta ordenó el destierro inmediato de todos, sin que puedan poner un pie de nuevo en el país, bajo pena de muerte”.
El primer momento constitucional dominicano estuvo marcado por la ambición y el abuso de poder de un gobernante usurpador que propició la tragedia histórica de que el líder político, intelectual y moral de la independencia fuera excluido del proceso de diseño y construcción del Estado y la Nación dominicana y, para siempre, de la vida política del país.
Preciso que ”aunque la Constitución de San Cristóbal se considera una de las mejores piezas de argumentación política y constitucional escrita en la República Dominicana, su resultado no fue la voluntad de los constituyentes, sino la presión política y militar de Pedro Santana, con el fin de que se adoptara un texto constitucional que fuera instrumental a su concepción despótica del poder, por lo que se incluyeron varias disposiciones transitorias que debilitaron las bases institucionales plasmadas en el cuerpo del texto constitucional”.
Al referirse a las modificaciones constitucionales, Selman recordó que “la primera Constitución dominicana estuvo vigente por un período de 10 años” y estimó que la primera modificación a la Constitución de San Cristóbal se produjo en febrero de 1854, “como resultado del impulso de sectores liberales que demandaban la eliminación del Artículo 210 y otras disposiciones del texto constitucional”.
Añadió que Santana aceptó los cambios, pero el 16 de diciembre del mismo año propició la adopción de un nuevo texto constitucional, el cual estuvo completamente en línea con su concepción despótica del poder, siendo la Constitución de Moca, del 18 de febrero de 1858 de corta duración pero la más democrática hasta esa fecha.
En julio de 1858 se modificó nuevamente para dar paso a una constitución que permitió a Santana preparar el terreno para la Anexión a España, la cual tuvo lugar el 18 de marzo de 1861, mientras que en 1865 se reformó nuevamente la Carta Magna de la nación, donde por primera vez se consagra en el texto el voto “para toda la ciudadanía”, sin tomar en cuenta que las mujeres estaban excluidas del derecho al sufragio. Ya se había producido la restauración del 16 de agosto de 1863.
Hizo referencia a la Constitución de 1866, la cual vino a ser la de 1865 con ligeras variantes, la de 1872 que fue modificada por iniciativa del presidente Buenaventura Báez, llegando abril de 1874 con un nuevo texto constitucional que suprimió el requisito de saber leer y escribir para los votantes y estableció un congreso unicameral compuesto por 31 diputados elegidos por voto directo.
Esa constitución se reformula sucesivamente en 1875, 1876, 1877, 1878, 1879, 1880, año en que el general Gregorio Luperón decreta la celebración de elecciones para la Asamblea Nacional que debía dotar al país de una nueva Constitución.