A partir del mes de abril, la AMET impedirá la circulación de vehículos con placas oficiales viejas.
Santo Domingo, DN- La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) emplazó hoy a todos los responsables de instituciones del Estado a concluir con el proceso de sustitución, asignación y renovación de las placas rotuladas oficiales y exoneradas estatales, que cierra definitivamente el próximo 31 de marzo.
Se trata del cumplimiento de la Norma General 14-2011, según las disposiciones de la Ley 195-11, por lo que se alerta que vencido este último plazo de sustitución, las placas oficiales anteriores no podrán circular en la vía pública, correspondiendo a la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMET) impedir la circulación de vehículos del Estado que no cumplan con esta normativa.
La DGII recordó a todos los responsables de instituciones públicas que constituye una falta que enfrenta multas y otras sanciones el uso de las placas registradas y asignadas a un vehículo y colocadas en otro vehículo, sin que se haya registrado el cambio en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) así como la no devolución de la placa en caso de traspaso, descargo o cesación de funciones.
En un aviso publicado en la prensa nacional, se indica que las renovaciones deben realizarse en el departamento de Vehículos de Motor, ubicado en el segundo piso de Malecón Center.
Según expresa el Artículo 10 de la Norma General 14-11, la sustitución de las placas oficiales y exoneradas estatales se hará conforme sean recibos los inventarios por parte de cada una de las entidades estatales y autónomas, ayuntamientos, organismos militares y policiales a los cuales corresponden este tipo de placas.
Cada institución debe depositar ante la DGII un inventario completo con los datos de sus vehículos, incluyendo el tipo (automóvil, camión, camioneta, “jeepeta”, etc.), matrícula del vehículo, placa actual, chasis, año de fabricación, marca, modelo y color. Deberá hacerse constar si el vehículo está activo y en uso, si está inservible o ha sido reportado como robado o desmantelado y cualquier otra circunstancia relativa a su estado, que permita la emisión
Sobre los nuevos tipos de placas
Las placas Rotuladas están destinadas al uso de funcionarios públicos, civiles y militares en virtud de la Ley 195-11. Se identifican con la letra “O” y llevan el cargo del funcionario en la parte inferior.
Las placas Exoneradas Estatales están destinadas para uso oficial en vehículos propiedad del Estado dominicano o entidades autónomas. Llevan la inscripción “Exonerada Estatal”, inician con la letra “E” seguida de la letra que distingue el tipo de vehículo, como se presenta a continuación: EA: Exonerada Estatal Automóvil / EG: Exonerada Estatal Jeep / EI: Exonerada Estatal Autobús / EL: Exonerada Estatal Carga /ED: Ayuntamiento del Distrito Nacional /EM: Ayuntamientos Municipales
Por último, las placas Oficiales Militares y Policiales están destinadas al uso de vehículos propiedad de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional y están rotuladas con el nombre de cada institución. Estas son: OE: Ejército Nacional / OF: Fuerza Área /OM: Armada de la República /OP: Policía Nacional