Santo Domingo.-Unos RD$842 millones pagarían los consumidores al comercio en cargos extras cuando usan dinero plástico en tarjetas de crédito o débito estimó Proconsumidor.
Es por esto que la directora de ese instituto, doctora Anina Del Castillo, exhortó a los consumidores a no permitir el cobro de comisiones o recargos extras hechos por los comercios cuando paguen con tarjetas de crédito al adquirir bienes y servicios.
La funcionaria indicó que dicho monto sería el resultado de la aplicación de un 2% adicional a los RD$42,119.8 millones pagados por los usuarios en las operaciones con tarjetas de crédito y débito en el año 2014. Estos pagos fueron realizados mediantes “verifone” o de forma electrónica, de acuerdo con el Sistema de Pagos de la República Dominicana (SIPARD).
La funcionaria advirtió que estos pagos violan el principio de la no discriminación y el derecho a un trato igualitario y a la debida información del usuario.
“Exhortamos a los consumidores a no pagar montos adicionales cuando paguen con tarjetas de crédito o débito, un bien o servicio porque esta es una práctica abusiva de los establecimientos y contraria a los derechos del consumidor”, dijo Del Castillo.
La directora de Pro Consumidor explicó que denuncias recibidas indican que comercios, ferreterías, restaurantes, colegios, lavaderos de carros y otros cobran comisiones, recargos o no realizan descuentos anunciados con montos que oscilan entre dos hasta un diez por ciento, cuando los consumidores o usuarios usan medios de pago electrónicos.
Advirtió que los establecimientos que carguen un por ciento adicional a las compras pagadas con tarjetas de crédito incurren en una práctica ilícita, que violenta la Constitución Dominicana, la normativa y las disposiciones legales de la Junta Monetaria.
Del Castillo dijo que su gestión quiere que los consumidores aprendan a ser inteligentes, a que reclamen sus derechos, por lo cual desarrolla programas de capacitación en todos los extractos sociales, como militares, iglesias, juntas de vecinos, amas de casas, estudiantes, entre otros sectores, para que la población conozca sus derechos y lo hagan valer como tal.
“Recordamos que nuestra ley permite que la Dirección Ejecutiva imponga sanciones que oscilan de 20 a 500 salarios mínimos pudiendo superar esa cantidad hasta alcanzar el quíntuplo del valor de los productos o servicios objetos de la infracción, así como obligar a restituir al denunciante afectado la cantidad percibida indebidamente”, subraya.
Lo que dice la legislación
Explicó que la Ley General de Protección de los Derechos del Consumidor, número 358-05, es clara al establecer en su artículo 87 que “los precios no podrán ser modificados en función del medio de pago utilizado”.
A la vez, la legislación establece en su artículo 53.a que el precio se considera al contado “… cuando se pague la totalidad tanto en efectivo como con tarjeta de crédito y/o débito”.
Del Castillo recordó que la Junta Monetaria dispuso mediante resolución que cuando un establecimiento implementa un sistema de pagos electrónicos se compromete a no efectuar cargos adicionales al precio de los bienes y los servicios suministrados a los tarjetahabientes, sean titulares o adicionales.
“Ambos marcos normativos se complementan para preservar el derecho de los consumidores a recibir un trato igualitario y no discriminatorio sin importar el medio de pago utilizado, lo cual garantiza nuestro mandato Constitucional”, subrayó.
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