El Consejo del Poder Judicial (CPJ) destituyó al Juez de la Instrucción del Distrito Judicial de Constanza, magistrado Juan Antonio Lazala Bautista, tras ser hallado culpable de cometer faltas en el ejercicio de sus funciones.
Según consta en la Resolución núm. 3-2016, el magistrado Lazala Bautista fue encontrado culpable de violar los artículos 66, numeral 1, 44 numeral 7 y 41 numeral 2 sobre Carrera Judicial; así como los principios: Conciencia funcional e institucional, honestidad, legalidad y prudencia, establecidos en el Código de Ética del Poder Judicial. También los artículos 5,6,7,8,10, 11, 12, 43, 74, 75 del Código Iberoamericano de Ética Judicial.
El CPJ consideró que el magistrado procesado inobservó el artículo 66 numeral 2 de a ley 327 sobre Carrera Judicial, que versa sobre las faltas graves que da lugar a destitución “por dejar de cumplir los deberes, ejercer indebidamente los derechos o no respetar las prohibiciones e incompatibilidades constitucionales o legales, cuando el hecho o la omisión tengan grave consecuencia de daños o perjuicio para los ciudadanos o el Estado”.
La decisión establece también que tras el estudio de los alegatos y las piezas contentivas del expediente disciplinario seguido al magistrado Lazala Bautista, pudo comprobar que éste incurrió en la comisión de faltas “muy graves” que constituyen un descuido inaceptable, “y que por lo tanto se justifica que el mismo sea sancionado en orden a la preservación de la moralidad profesional e institucional que debe regir a todos los miembros del Poder Judicial dominicano.
La medida fue tomada por el órgano de gobierno del Poder Judicial, que preside el presidente de la Suprema Corte de Justicia, doctor Mariano Germán Mejía, durante un juicio disciplinario en el cual fue solicitada la separación del cargo de Lazala Bautista.