La Cámara de Diputados convirtió este miércoles en Ley el proyecto que modifica la ley Orgánica de la Policía Nacional, la cual estable que no habrá reintegro de policías, salvo las excepciones que establece la Constitución.
La pieza fue declarada de urgencias y aprobada en dos sesiones consecutivas, con el voto favorable de 100 diputados y dos en contra. Ahora pasará al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación.
La ley limita a 40 años el tiempo máximo de duración de un agente en la institución; se introduce una mejor seguridad social, regula el uso de la fuerza, prioriza la prevención del delito, endurece el enfrentamiento de la delincuencia y sanciona las faltas policiales.
Además la normativa establece que los altos oficiales que ocupen funciones administrativas deberán hacer sus declaraciones juradas de bienes.
Igual la ley prohíbe a los miembros se la Policía el porte o tenencia de armas de fuego diferentes a las asignadas para el desempeño de sus funciones, por lo que ante cualquier caso, los policías tendrían que utilizar sus armas, a fin de hacer más fácil cualquier investigación.
El Consejo Superior Policial reduce de 16 a 8 miembros este organismo, y reduce a 20 el número de generales activos.
El Consejo Policial se reglamentará, según la Constitución y las leyes, las normas que regularán el uso de la fuerza que gobernarán el accionar de los miembros de la Policía Nacional, con el propósito de evitar los excesos o componendas, ni permitir la dejadez, es decir, cumplir con el deben de proteger al ciudadano o la propiedad con el mínimo de daños a las personas.
la Ley endurece las sanciones internas a los integrantes de la institución, que van desde muy graves hasta leves, y tendrán sanciones con retenes y económicas, pero si se trata faltas con carácter delictuales, se pasarán a la justicia ordinaria.
Para los ascensos se establecen 4 años mínimos de permanencia en el rango, junto a los demás requisitos, de lo contrario los mismos serán nulos; pero como tiempo máximo de permanencia en el rango, serán de 6 años para el nivel básico y de 7 años para el nivel medio, pero si el ascenso no se produce porque no hayan cumplido los requisitos, serán retirados o separados de la institución.
Los generales serán retirados al cumplir los diez años en el rango, salvo que ocupen la Dirección General, la Subdirección General o la Inspectoría General, y el retiro se producirá al cesar de esas funciones.
Según el artículo 86, la cantidad de generales no podrá superar los 20, por lo que en un período de dos años se deberá poner en condición de retiro alrededor de 30 generales de los 50 existentes en los actuales momentos.
Por antigüedad, al alcanzar la edad y el tiempo máximo de permanencia en el servicio como miembro de la Policía Nacional, será para generales 60 años de edad y/o 40 años de servicio en la institución; oficiales superiores 55 años de edad y/o 35 años de servicio en la institución; oficiales subalternos 55 años de edad y/o 33 años de servicio en la institución; alistados en general 50 años de edad y/o 30 años de servicio en la institución.
Todos los integrantes de la Policía Nacional serán afiliados al SENASA y tendrán derechos en el régimen de Riesgos Laborales de la SISALRIL, de las cuales también serán beneficiarios los pensionados y jubilados.
Previo a su aprobación, el vocero de la bancada del PLD, Elpidio Báez, dijo que esta ley viene a fortalecer el marco regulatorio en que se apoyará la Policía Nacional para su modernización, profesionalización y alcanzar mayor eficacia en operatividad para prevenir y perseguir en el país.
Sostuvo que esa iniciativa recoge la voluntad colectiva de la sociedad, del Poder Ejecutivo, Senado, la Cámara de Diputados, sociedad civil, todos los grupos organizados y las iglesias.
“Todos queremos seguridad, una mejor policía capaz de dar respuesta a las urgentes demandas de seguridad en la sociedad”, apuntó el legislador Báez.
De su lado, el diputado Vinicio Castillo Seman advirtió al pleno de los diputados que esa la Ley establece la conformación de comisiones independiente a la institución para hacer investigaciones sobre el crimen y delitos, lo que viola la Constitución, el Código Procesal Penal y contaminaría cualquier tipo de proceso que tienen ver con crimen y delito.
“No puede la Ley, ordenar a los ciudadanos independiente a ser sustituto de las labores indelegable del ministerio Público”, apuntó, por lo cual llamó la atención al pleno del organismo legislativo.
En tanto, el diputado Eugenio Cedeño criticó la reforma policial, porque no contempla un digno salario a los agentes policiales.
Indicó que esta Ley no le pone dientes ni uñas al Departamento de Asunto Internos, que tiene la responsabilidad de investigar ética y morales a los agentes, cuando encuentre indicios penales de uno su agente y deberá notificarlo al Ministerio Público.