Santo Domingo, República Dominicana.-El Senado dejó para conocer la aprobación la semana próxima, tres préstamos por un 220 millones, cuyos recursos se destinarán a los sectores educativos, agua potable y eléctrico.
El primer financiamiento por US$50 millones se utilizará en el financiamiento del Programa de Mejoramiento de los Servicios de Agua y Saneamiento, a través del Proyecto Saneamiento de Cinco Provincias del INAPA y el Proyecto Cienfuegos de la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santiago (CORAASAN).
El convenio fue suscrito entre el Gobierno y la Agencia Francesa de Desarrollo.
En tanto, el segundo préstamo de US$50 millones para ser utilizado en la capacitación de maestros, y lograr elevar la calidad de la enseñanza en las escuelas públicas. El presidente de la Comisión de Hacienda, Dionis Sánchez, dijo que los recursos están consignados en el Pacto Educativo y forman parte del 4% para educación.
Un tercer préstamo por 120 millones dólares, será usado en el financiamiento del Proyecto de Modernización de Red de Distribución y Reducción de Pérdidas, que aplican la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE), a través de las Empresas Distribuidores de Energías (EDES).
Ley de Armas.
El Senado inició este miércoles la lectura con 40 páginas del proyecto para el Control y Regulación de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros materiales relacionados, que establece una pena de 30 años a la persona que use un arma ilegal para matar.
La iniciativa, ya aprobada por la Cámara de Diputados de la autoría del legislador reformista Víctor Bisonó (Ito), busca prevenir y controlar el uso de las armas en la población civil, las armas utilizadas por los militares y policías fuera de reglamento, y promover el desarme paulatino de la población a través de un régimen jurídico.
Uno de los artículos del proyecto establece la depuración de solicitudes de licencia de portación o tenencia de armas de fuego, y endurece de manera drástica el uso, porte, tenencia y comercialización de las armas ilegales, y criminaliza el tráfico de armas de fuego, así como la alteración y modificación del arma de fuego.
La pieza restringe el uso de aquellas armas con capacidad de disparar ráfagas y lanzar granadas. Establece que sólo debe existir una clasificación de armas de uso exclusivo de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas.
En cuanto al marcaje de las armas de fuego y municiones, en la pieza se propone la incorporación de prácticas administrativas realizadas por el Ministerio de Interior y Policía a través de reglamentos.
La normativa incluye además la regulación del sector comercial con el otorgamiento estricto de licencias para el comercio con armas de fuego y municiones, y exige la contratación de una póliza de seguro de vida y de daño a tercero.
El proyecto prohíbe a las personas que han sido condenadas por delitos como narcotráfico y lavado de activos, a dedicarse a la comercialización de armas de fuego, y establece requerimientos en las licencias para la importación de armas de fuego y municiones.
Con el proyecto se argumenta que se podrá ayudar a desincentivar el uso de las armas en hechos reñidos con la Ley, que siempre incrementa los índices de violencia y percepción de inseguridad.
La disposición indica que el Ministerio de Interior y Policía (MIP), salvo disposición contraria, será responsable de depurar las solicitudes de licencias para fines de portación de armas de fuego, el cual determinará, en cada caso, si el solicitante reúne las condiciones requeridas por la presente ley para que se le pueda expedir la licencia.