Puerto Plata.- Una sentencia condenatoria de 15 años de prisión fue impuesta a solicitud del Ministerio Público en contra de un agente de seguridad que fue hallado culpable de haber robado en una residencia del municipio de Sosúa, donde prestaba servicio.
El Tribunal Colegiado de Puerto Plata dictó la sentencia en contra de Windert Samuel Ruiz, quien fue declarado culpable de haber incurrido en el delito de robo con violencia en perjuicio de los señores Paulina Marte Duarte y Werner Albin Heimann.
De acuerdo al expediente instrumentado por la fiscalía de esta ciudad, el hecho ocurrió el 26 de agosto del 2015 en momentos en que Marte Duarte y Albin Heimann llegaban a su residencia y fueron sorprendidos por Samuel Ruiz y Luis Jeffrey, éste último prófugo, quienes procedieron a encañonarlos con una escopeta y una pistola que era utilizada para la seguridad de dicha vivienda.
Indica que tras amordazarlos y amenazarlos de muerte les obligaron a que le dijeran la contraseña de la caja fuerte, de donde sustrajeron la suma de 2 mil 800 dólares, mil 500 francos suizos y 40 mil pesos, así como 9 juegos de anillos con sus respectivos aretes de oro blanco, una gargantilla, una cadena de oro amarillo y dos relojes, además de un celular IPhone 5, dos botellas de whisky, dos maletas, tres tarjetas de crédito y las llaves de las puertas de la residencia.
Igualmente, precisa que Samuel Ruiz una vez cometió el robo emprendió la huida en una Jeepeta propiedad de sus víctimas, siendo posteriormente arrestado.
Todo esto fue ejecutado en presencia de un menor de edad, cuyo nombre se omite por razones legales, quedando dichas acciones registradas en vídeos grabados por las cámaras de seguridad de dicha residencia.
Las juezas Rosa Francia Liriano, Irina Married Ventura y Benecia Altagracia Rojas acogieron los elementos probatorios presentados por la procuradora fiscal Inocencia Familia, quien representó al Ministerio Público.
La Fiscalía de Puerto Plata acusó al imputado Windert Samuel Ruiz de violar las disposiciones establecidas en los artículos 379 y 382 del Código Penal Dominicano, el artículo 39, párrafo III, de la Ley 36 sobre Comercio, Porte y Tenencia de Armas, y el Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03).
El condenado deberá cumplir la pena impuesta en el Centro de Corrección y Rehabilitación San Felipe.