Los cronistas de la democracia dominicana coinciden en afirmar que la democracia dominicana anda mal porque mal andan los gobiernos municipales. Esto así porque desde antaño, se considera que la democracia nace en el seno de los gobiernos locales. Grecia es la madre de la democracia porque su organización comunal, cuya mayor escala era la Ciudad-Estado, poseía una constitución y un gobierno apegado a las leyes de la ciudad, que todos asumían y respetaban.
Cuando las leyes se relajaban o eran irrespetadas de manera notoria, la democracia griega tenía prevista la figura de un dictador transitorio que debía poner las cosas en su lugar; si no lo lograba entonces se colocaba otro y así sucesivamente. De modo que para los griegos la dictadura no tenía el significado peyorativo que tiene hoy en día para nosotros. Claro, en la actualidad, las dictaduras son indefinidas y su objeto es el despotismo, en Grecia nunca lo fueron pues el gobierno despótico e indefinido era otro, al cual los griegos llamaban tiranía. Por tanto, tiranía y dictadura son términos a ser deslindados.
La vida municipal dominicana desde el punto de vista constitucional, está contenida en ocho artículos que son los que van del 199 hasta el 207 de la Constitución de 2010. El 203, por ejemplo, contiene visos de la democracia directa griega al versar sobre referendos, plebiscitos e iniciativa normativa municipal. Es decir mecanismos que contemplan la participación efectiva de los ciudadanos del municipio en la vida local, formas de gobernanzas claramente instituidas y refrendadas por instrumentos de aprobación como prerrequisitos de oficialización y puesta en práctica.
De su lado, el artículo 206, trata lo referente al presupuesto participativo, esto es: que los ayuntamientos y sus gobiernos no pueden, sin la aprobación expresa de los munícipes, ejecutar presupuestos más que en la forma en que los munícipes hayan aceptado y aprobado ejecutarlo.
Entonces si nos encontramos ante normativas que emanan directamente de la Constitución ¿cómo es posible que con tanta frecuencia se hable de malversación de fondos en los cabildos o de endeudamiento descomunal en los gobiernos municipales, incluyendo el de la Capital de la República? Sin que ninguna autoridad se sienta aludida? Es más, muchas veces el Gobierno Central actúa más como encubridor de malas prácticas municipales que como garante de las mismas.
Recuérdese, que la Constitución es de aplicación inmediata, por tanto, no se puede eludir su cumplimiento bajo sofismas técnicos legales, pues se incurriría en el delito de infracción a la Constitución, contenido en el artículo 6 de la ley 137-11, por lo que estamos ante casos específicos de conchumpansa, es decir: ante un concierto macabro contra la democracia municipal aupada por el poder central y los partidos políticos. Las negociaciones para escoger las salas municipales denominadas “reglas de oro” no es sino una prueba fehaciente de lo que decimos.
Ciertamente, después de 2010, algunos síndicos han sido procesados por malversar fondos municipales, ahora se habla de deudas millonarias que han dejado como herencia los pasados gestores y con las que se han encontrado los nuevos gobiernos municipales. Pero no se conoce ninguna referencia de partido alguno al respecto, ni la expulsión ni juicio disciplinario contra ningún infractor, por el contrario, se les defiende.
Es lógico que la nación indignada ante la traición a su confianza de que ha sido objeto mediante el robo y el endeudamiento públicos por la prestación de servicios que no les han sido prestados con eficiencia pegue su grito al cielo, con tal de ser escuchada.
No es pues tiempo de reprimendas, es tiempo de acción, entendemos que todo aquel que haya puesto sus ojos en los dineros del pueblo debe pagar por ello. Si al gobierno no le interesa el tema, debe interesarle a la ciudadanía que es la que sufre la expoliación de su dinero. De ahí que los ciudadanos debemos estar prestos a solicitar y obtener la debida sanción para todo aquel que haya traicionado la confianza en él depositada. Como a exigir, que exista democracia participativa en los gobiernos municipales en tanto mecanismo para evitar saqueos al erario municipal. DLH-29-8-2016