Santo Domingo.- Varias familias del residencial Ana Teresa Balaguer del sector Hainamosa, interpusieron una demanda contra la empresa de telecomunicaciones Claro Dominicana-Codetel por los daños y perjuicios que causan a la salud su subestación ubicada en la calle Central esquina 2 del referido sector.
Los abogados de las familias demandantes Ceferino de los Santos y Antonio Ozoria de la Cruz informaron que la demanda contra Claro por daños y perjuicios a la salud de sus defendidos es por 80 millones de pesos y el tribunal apoderado es la 5ta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional, en la Feria, y será este jueves a las 9 de la mañana.
La demanda la encabezan, por los afectados, el empresario del comercio, Juan Taveras, el periodista José Javier, el oficial retirado de la Policía Nacional, Aquiles de los Santos y la administradora de empresa, Francis Y. Javier Delgado, quienes plantearon que debido al hollín y gases que emite el generador de Claro llevan varios años viviendo un infierno.
La emisión de hollín y gases del generador de Claro, pese a las familias mantener las ventanas de sus hogares cerradas, provocan en los vecinos enfermedades respiratorias, asma, gripe, dolores en el cuerpo y bronquitis, lo que obliga a que tengan que gastar cuantiosos recursos en medicinas para sobrevivir a las enfermedades, sostienen los demandantes.
A esa situación se une el peligro que representa la gigantesca antena, sin bombillas, por la cercanía con las viviendas, con distancias que oscilan entre uno y siete metros, y que cuando encienden el generador de Claro los movimientos se sienten dentro de los hogares y se agrietan las paredes, preocupación que aumenta más cuando se va la energía eléctrica.
Los afectados informaron que fundaron el sector en el año 1990 y que a partir del 2003 fue instalada la gigantesca antena de Claro sin el consentimiento de los vecinos, lo que viola la ley 64-00 sobre medioambiente.
Demandaron del ministro de Medio Ambiente, Francisco Domínguez Brito y del procurador de la República, Jean Alain Rodríguez, que apliquen la ley 64-00 sobre medio ambiente a fin de evitar que las familias sigan
siendo afectadas por instalaciones dentro de residenciales en violación a la ley.
Señalan que los artículos 80, 93 y 113 de la ley 64-00 sobre medio ambiente son muy claros sobre la instalación de empresas en lugares donde hay asentamientos humanos o residenciales. El 80 señala que serán objeto de controles por la Secretaría de Medio Ambiente todos los procesos que puedan afectar la salud humana.
El 93 que esa Secretaría reglamentará el control, emisión de gases y ruidos dañinos y contaminantes provocados por plantas eléctricas, motores de combustión interna, calderas y actividades industriales y el 113 que las industrias, depósitos y otras instalaciones que por su naturaleza pueden causar deterioro ambiental deberán situarse en zonas apartadas de los asentamientos humanos.
Los afectados por el hollín y gases que emite el generador de Claro le recuerdan a los ejecutivos de Claro y a los funcionarios citados una reflexión de los indios CREE de Canadá y Estados Unidos: “sólo cuando el último árbol esté muerto, el último río envenenado, y el último pez atrapado, nos daremos cuenta que el dinero no se puede comer”.
“No nos oponemos a la inversión extranjera, en el caso de la empresa de telecomunicaciones Claro, pero la salud y la vida de las familias en los asentamientos humanos deben ser prioridad de todos los gobiernos, de la justicia y de una sociedad que desee desarrollarse de acuerdo a las normas de civilización, e incluso de hasta las mismas empresas privadas, que no pueden hacer riquezas si matan a sus clientes con hollín y contaminación”, advierten los demandantes contra la multinacional Claro.