Medida busca garantizar que entidades estén certificadas para exportar alimentos de origen agropecuarios y productos pesqueros. Registros serán otorgados a través del Departamento Inocuidad Agroalimentaria (DIA) de la entidad.
SANTO DOMINGO.- El Ministerio de Agricultura, a través de la Resolución MA-2017-1, establece a todas las empresas empacadoras y las instalaciones dedicadas a la cría de peces para consumo (piscifactorías), que deben registrarse como tal en el Departamento de Inocuidad Agroalimentaria (DIA).
El documento señala que dichas autorizaciones serán emitidas a través de la División de Cuarentena Animal y Vegetal para las certificaciones fito y zoosanitarias que permiten la exportación de alimentos de origen agropecuario y pesqueros.
La misma reza que se necesita el mismo procedimiento para el permiso de operar, comercializar e instalar piscifactorías en el país, a través del Consejo Dominicano de Pesca y Acuicultura, (CODOPESCA).
La medida establece que todas las empresas registradas y autorizadas deben estar debidamente identificadas y colocar un aviso con la fecha de vigencia de la certificación, así mismo, estar visible e identificado el logo de la institución agropecuaria y el aval del Departamento de Inocuidad Agroalimentaria.
A la vez, las empresas dedicadas al procesamiento primario de alimentos de origen animal y pesqueros deberán implementar en el área de procesamiento de productos un programa de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP), por sus siglas en inglés.
El DIA asignará un inspector a las salas de procesamiento de las piscifactorías el cual deberá autorizar y sellar cada lote de pescado procesado, tanto para comercio nacional, como internacional.
La medida se ampara en el decreto No.52-08, que establece el Reglamento de Buenas Prácticas Agrícolas y Pecuarias en República Dominicana.