La denuncia fue presentada por la Fundación Jurídica en Defensa del Consumidor.
La Dirección Ejecutiva de la Comisión Nacional para la Defensa de la Competencia (ProCompetencia) emitió la Resolución Núm. DE-002-2017, ordenando el inicio del procedimiento de investigación ante los indicios razonables de la existencia de prácticas contrarias a la Ley General de Defensa de la Competencia, en el mercado de prestación de servicios a través de “casas de conductores” y “casas cárcel”.
La denuncia hecha por la Fundación Jurídica en Defensa del Consumidor (FUNJUDECO), muestra indicios de que al momento del consumidor ser obligado a contratar los servicios de determinada “Casa de Conductores” / “Casa Cárcel”, asume un costo de oportunidad, sin haber tenido la opción de identificar de manera adecuada una selección de consumo que le permita maximizar su nivel de bienestar.
La Resolución de ProCompetencia indica que esta práctica puede afectar al consumidor porque vulnera su oportunidad de elección, debido a la asimetría de información y al posible ejercicio del abuso de posición dominante, que puede generar un daño al excedente del consumidor.
“Lo anterior deriva en indicios razonables para presumir que en este mercado pudiesen estar ocurriendo prácticas restrictivas de la competencia, especialmente aquellas previstas en el artículo 6 de la Ley General de Defensa de la Competencia, relativas al abuso de posición dominante, que pudieran generar la presentación de un pliego de cargos por parte de la Dirección Ejecutiva, el cual una vez sometido al órgano decisorio pudiese tener como consecuencia la imposición de una sanción en los términos de la Ley No. 42-08 por parte del Consejo Directivo de PROCOMPETENCIA, en caso de que se evidencie que existen efectos nocivos para el funcionamiento eficiente del mercado”, sostiene la institución.
En la Resolución DE-002-2017 ProCompetencia expresa además que el denunciante ha depositado un número elevado de cancelaciones unilaterales y pólizas inactivas de determinadas compañías aseguradoras por lo que se presume un nivel de descontento por parte de los consumidores afectados en su capacidad de elección. La Dirección Ejecutiva tiene un plazo de 12 meses para completar su investigación y presentarla al Consejo Directivo para que emita una decisión.
La Resolución concluye indicando a los agentes económicos emplazados tienen un plazo de 20 días hábiles para hacer el depósito de su escrito de contestación y medios de defensa.