La institución patronal hizo la recomendación para dar un compás de espera a que el Ministerio de Trabajo emita la resolución que ordene la aplicación el esquema de clasificación de empresas previsto en la Ley 488-08.
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La Confederación Patronal Dominicana (COPARDOM) instruyó a sus empresas miembros a no efectuar a partir de este lunes 15 el incremento del salario mínimo de 13%, aprobado para el sector privado no sectorizado, para aplicarlo a partir del 30 de este mes y retroactivo al día primero.
La institución patronal hizo la recomendación para dar un compás de espera a que el Ministerio de Trabajo emita la resolución que ordene la aplicación el esquema de clasificación de empresas previsto en la Ley 488-08.
COPARDOM ha estado a la expectativa de la publicación de la citada resolución desde que el Ministro de Trabajo refrendó el incremento de un 20% a los salarios mínimos para el sector privado no sectorizado que recomendó el Comité Nacional de Salarios, para que fuese aplicado en dos fracciones, una primera de un 13% a partir de mayo y otra del 7% desde noviembre de 2017.
La organización patronal ratificó su apoyo al aumento de 20% al salario mínimo del sector privado no sectorizado, aplicable en dos etapas, pero indicó que para hacer esto efectivo es esencial cumplir con la citada legislación para evitar distorsiones.
El gremio de los empleadores envió una circular a su membresía en la que señala: “El sector empleador privado no puede aplicar un aumento de salario sin antes contar con la reclasificación de las empresas, porque si una gran compañía baja a una micro empresa el salario que paga hoy sería diferente al que pagaría con la reclasificación, que debió ser publicada por el Ministerio de Trabajo hace una semana,” proclamó COPARDOM.