La decisión fue tomada el Consejo Disciplinario del Ministerio Público el pasado martes al encontrar culpable a quien hasta ese día fuera el titular de la Procuraduría Fiscal de Samaná. Robert Justo Bobadilla es acusado de incurrir en acoso sexual en perjuicio de varias empleadas y usuarias de esa dependencia.
El consejo lo declaró responsable de cometer faltas graves en el ejercicio de sus funciones, por lo que ordenó su inhabilitación para prestar servicio nueva vez dentro del Ministerio Público, y lo inhabilitó igualmente de manera temporal por un período de cinco años para prestar servicio en cualquier otra institución pública del Estado dominicano.
La decisión estuvo basada en la violación del artículo 91 y sus numerales 1, 2 y 13, así como el artículo 92 en sus numerales 3 y 8 de la Ley Orgánica del Ministerio Público No. 133-11, y los artículos 10 en sus numerales 1, 2 y 13, y 11 numerales 3 y 8 del Reglamento Disciplinario del Ministerio Público.
La decisión fue adoptada luego que el consejo disciplinario aceptara una solicitud hecha por la Inspectoría General del Ministerio Público, órgano a cargo de la investigación, la cual solicitó que el hoy exfiscal fuera desvinculado del cargo.
La Procuraduría General de la República informó que Justo Bobadilla había sido suspendido de sus funciones luego que la Inspectoría del Ministerio Público recibiera el pasado año la denuncia del caso por parte de nueve empleadas, siete de las cuales mantuvieron la acusación durante el proceso.
El procurador general de la República, Jean Rodríguez, ofreció todo su apoyo al proceso y dijo que no tolerará que ningún integrante del Ministerio Público incurra en conductas al margen de la ética y la ley, con actitudes que atenten contra la dignidad de ese organismo y de las mujeres, por lo que dijo sentirse complacido con la decisión.
“Nos satisface que hoy, después de más un año de haber iniciado este juicio disciplinario, durante el cual el exfiscal utilizó múltiples mecanismos para tratar de dilatarlo, podamos tener una decisión, que espero sirva de ejemplo a los demás miembros de la institución”, manifestó Rodríguez.
Mediante un comunicado de prensa, la institución indicó que luego de 14 reenvíos, todos hechos a solicitud del exfiscal para dilatar el proceso y luego reclamar la prescripción, hoy a más de un año de haber iniciado el proceso, el Ministerio Público pudo presentar conclusión en esta fase de primera instancia que conoció el Consejo Disciplinario del Ministerio Público.
En virtud de que tras su destitución, el exmiembro del Ministerio Público perdió la jurisdicción privilegiada, podría ser juzgado en principio en la jurisdicción de Samaná, por los graves hechos denunciados por varias empleadas, usuarias y una policía, cuyos nombres se omiten para proteger su identidad.
Durante la maratónica audiencia, que inició a media mañana de ayer y que concluyó la noche de este martes, el tribunal escuchó los testimonios de siete testigos de la Inspectoría General del Ministerio Público y once personas que asistieron en calidad de testigo por parte del imputado.
El Consejo Disciplinario del Ministerio Público lo integran el procurador general adjunto, Carlos Castillo; el procurador general de Corte de Apelación, Fernando Quezada, y la fiscal titular de Villa Altagracia, Fátima Guzmán.
Mientras que la inspectoría estuvo representada por el inspector general del Ministerio Público, Bolívar Sánchez, y los fiscales Domingo Cabrera y Miguel Cabrera.
El Ministerio Público indicó en el comunicado que a partir de la fecha el exfiscal Robert Justo tiene 10 días para apelar y que dicha sentencia será leída el próximo 21 de agosto.
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