El aborto es una figura que ha estado presente en la sociedad a través de la historia. En tiempos pasados, los abortos eran inseguros por realizarse con métodos que ponían en riesgo la vida de las mujeres debido a que en el momento de ser realizados no se tomaba en cuenta aspectos que hoy en día la ciencia moderna toma en consideración.
En vista de que la vida y salud de las mujeres corría grandes riesgos por realizar abortos inseguros, en el año 1967, la Asamblea Mundial de la Salud[1] identificó el aborto inseguro como un problema serio de salud pública en muchos países. Es por ello que, posteriormente, la Organización Mundial de la Salud (OMS), se vio en la obligación de definir el aborto como “la interrupción de un embarazo antes de que el feto pueda llevar una vida extrauterina.”[2]
En ese mismo sentido, la OMS clasificó el aborto como espontáneo, que no es más que la interrupción del embarazo de forma no deseada, y como aborto provocado, que es la interrupción deliberada del embarazo. Este a su vez se subdivide en los abortos amparados bajo la ley y los abortos ilegales e inseguros.
Los abortos regulados por legislaciones nacionales se realizan de forma terapéutica con la finalidad de salvaguardar y proteger la vida y salud de la madre cuando esta se encuentra en peligro por el avance progresivo del embarazo o cuando la salud del feto se encuentra en peligro por factores congénitos o genéticos.
Sin embargo, en República Dominicana el aborto es penalmente sancionado en el artículo 317 del Código Penal Dominicano del año 1884, incluyendo el aborto terapéutico el cual está destinado a salvar la vida de mujeres y niñas dominicanas en caso de que su vida, salud, integridad y dignidad personal corra peligro. Todo esto a pesar de los avances en la práctica de la medicina general que, combinada con tecnologías seguras y eficaces y con personal médico debidamente capacitado, se puede eliminar de una vez y para siempre los abortos inseguros y muertes maternas relacionados a la abortos realizados en lugares clandestinos e insalubres.
En la actualidad, el tema del aborto ha detenido en diversas ocasiones la aprobación de un nuevo Código Penal por imposiciones de creencias religiosas y morales dentro de los debates congresuales donde debe prevalecer una visión pública y garantista sobre la particular, en razón de que este órgano legislativo tiene la obligación de crear políticas públicas que puedan proteger la vida, salud, integridad y dignidad de las mujeres y niñas que necesitan este servicio médicos para continuar sus vidas, muchas de ellas como madres, hijas, empresarias, estudiantes, profesionales, etc, todas dominicanas, todas seres humanos con derechos que el Estado Dominicano debe respetar.
En cambio, debido a esta continua desprotección estatal, hoy República Dominicana se encuentra en el cuarto lugar con las más altas tasas de mortalidad materna en América Latina y El Caribe, por detrás de Bolivia, Haití y Saint Kitts y Nevis. Esto quiere decir que en el país muere una mujer embarazada cada dos días.
Para el 16 de julio del año en curso habían muerto 94 mujeres embarazadas, mientras que para el mismo periodo del año pasado habían muerto 82. Es decir, este año han muerto 12 mujeres embarazadas más que en el mismo periodo de 2016.[3] No obstante, tanto organismos nacionales, tales como la Comisión Ejecutiva para la Reforma del Sector Salud – CERSS de República Dominicana, e internacionales como la OMS, han establecido que el 93% de las muertes maternas que ocurrían en ese momento eran evitables.[4]
A pesar de que ese 93% de muertes maternas representan caso médicos distintos, todos y cada uno de ellos reflejan el problema estructural que enfrentan las mujeres embarazadas en el país. Eso es evidenciado por el informe de Maternidad Libre y Segura en República Dominicana: una deuda con los derechos de las mujeres (hipervínculo http://bit.ly/2upqFu0 ) presentado por Women’s Link Worldwide y la Colectiva Mujer y Salud donde se recopila la historia de 7 mujeres que perdieron la vida por falta de servicios de salud oportunos y de calidad.
Dicho informe evidencia que tanto las mujeres que quieren tener hijos e hijas, como quienes no quieren, son susceptibles a perecer debido a las restricciones legislativas que limitan el ejercicio de una maternidad segura.
La limitación creada por las normativas nacionales refuerza un sistema de desigualdad en contra las mujeres. En tal sentido, la OMS estableció lo siguiente:
En los países donde el aborto legal está sumamente restringido, es posible que se dé un acceso desigual a un aborto sin riesgos. En estos contextos, los abortos que cumplen con los requisitos de seguridad se convierten en el privilegio de los ricos, mientras que las mujeres de escasos recursos no tienen otra opción que acudir a profesionales no seguros, que provocan discapacidades y la muerte.[5]
Y es que, tal y como lo estableció la Directora Legal Regional de Women’s Link Worldwide, Carmen Martinez, el pasado 16 de julio durante el panel “Maternidad Segura, Libre y Elegida”, el Estado tiene la responsabilidad de implementar las leyes que ya existen o desarrollar las que hagan falta para que no se sigan muriendo las mujeres embarazadas, tanto aquellas que anhelan llevar a término su embarazo como aquellas que necesitan un aborto para proteger su integridad o su vida”.
Para beneficio de todas las niñas y mujeres dominicanas, la semana pasada se introdujo en la Cámara de Diputados tres propuestas de proyectos de ley relativos al Código Penal, incluyendo el presentado por la diputada Magda Rodríguez, del oficialista Partido de la Liberación Dominicana (PLD), y firmado por 40 diputados y diputadas, entre estos los voceros del PLD y el Partido Revolucionario Moderno (PRM), en el que se incluye la despenalización del aborto en tres causales: 1. Cuando corre riesgo la vida de la mujer gestante; 2. Cuando existen malformaciones congénitas incompatibles con la vida, y; 3. Cuando el embarazo es resultado de una violación o incesto.
Condenada a muerte una y mil veces.
La falta de acceso a un aborto seguro y regulado representa una condena a muerte como en el caso de Rosaura Almonte (Esperancita) quien el pasado 10 de agosto cumplió 5 años de fallecida debido a la falta de aplicación de un tratamiento oportuno y de calidad para contrarrestar la leucemia aguda que afectaba su salud, todo esto porque la joven tenía un embarazo de 7 semanas.
Sin embargo, el sistema de justicia dominicano sigue condenando a muerte a Rosaura debido a la falta de investigación de la querella penal interpuesta por Rosa Hernández, madre de la menor, la cual sigue en fase de investigación a pesar de haber transcurrido 4 años de su depósito ante la Procuraduría del Distrito Nacional.
La interposición de dicha querella fue realizada por la necesidad de Rosa Hernández de que sean esclarecidas las condiciones en las que falleció su hija y se interpongan las sanciones correspondientes.
Empero, al encontrarse con trabas inamovibles dentro del sistema judicial, Rosa Hernández presentó una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) con la intención de reclamar al Estado las fallas tanto del sistema de salud que no le brindó atención adecuada ni oportuna a su hija Rosaura, como del sistema de justicia que no ha avanzado en la investigación del caso y que incluso le niega a Rosa su derecho a acceder al expediente judicial.
[1] La Asamblea Mundial de la Salud es el órgano decisorio supremo de la Organización Mundial de la Salud.
[2] COMPLICACIONES DEL ABORTO. Directrices técnicas y gestoriales de prevención y tratamiento. Pág. 20. Organización Mundial de la Salud. Ginebra. 1995.
[3] Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, 2017 y 2016.
[4] Pérez Osorio, 2015
[5] Aborto sin riesgos: guía técnica y de políticas para sistemas de salud. Segunda Edición. Pág. 26 Organización Mundial de la Salud, 2012.