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Condenados tres hombres por tráfico de drogas

A petición de la Fiscalía del Distrito Nacional, el Tercer Tribunal Colegiado condenó a Henry Roberto Severino, Wilson Rafael Severino y Dionicio Antonio Saviñon, a 10 años de prisión cada uno, hallados culpables de traficar droga y sustancias controladas.

En fecha 24 de mayo del año 2016, el Ministerio Público mediante la interceptación telefónica realizada a los acusados, determinó cuáles eran las coordinaciones que hacían para proceder en sus negociaciones de venta ilícita de sustancias controladas.

Posteriormente, el día 1 de junio, en virtud de una orden judicial fue allanada la residencia de los acusados Henry y Wilson, ocupándose debajo de un mueble un paquete cuadrado que contenía un polvo blanco, por lo que se puso bajo arresto a Henry Roberto Severino.

Horas más tarde, Wilson R. Severino fue arrestado en una estación de gasolina y al ser registrado su vehículo marca Suzuki, modelo Aerio, se le ocupó debajo del asiento delantero la cantidad de cuatro paquetes que contenían un polvo de color blanco.

Debido al seguimiento al acusado Dionicio Antonio Saviñon, por pertenecer a la estructura criminal de tráfico de drogas, evidenciado en la intercepción telefónica, la cual puso en manifiesto su participación activa en dicha organización, en fecha 3 de junio fue apresado en virtud de una orden judicial.

¨Al ser analizadas las sustancias por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), resultaron ser cocaína clorhidratada, con un peso de 1.03 kilogramos las ocupadas a Henry Roberto Severino y 4.12 kilogramo encontradas a Wilson Rafael Severino " narra la acusación.

El tribunal, conformado por los jueces Tania Yunes, Gisselle Naranjo y Arlin Ventura, validó las pruebas presentadas por el Ministerio Público, representado en la audiencia por las procuradoras fiscales Paola Piedad Vázquez y Wendy González Carpio.

La acción ilícita cometida por los acusados, quienes deberán cumplir 10 años de prisión cada uno en la Penitenciaría Nacional de La Victoria, constituye una violación a la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas y los artículos 2,3 y 39 de la Ley 36.

Yamilé Tapia

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