El Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) sometió al Tribunal Superior Electoral (TSE) un Recurso de Revisión de la sentencia 023-2017 que anula la reunión del Directorio Presidencial (DP) celebrada el pasado 9 de junio de este año.
En su instancia, el PRSC pide que se revoque el fallo emitido el pasado 27 de septiembre, tomando en cuenta las evidencias presentadas que demuestran que en dicha reunión hubo el quórum reglamentario, dado que los legisladores María Mercedes Fernández Cruz, Rafaela Alburquerque de González, Félix María Vásquez Espinal y Omar Eugenio de Marchena González “por diversos actos públicos y notorios forman parte del Partido de la Liberación Dominicana y del Partido Revolucionario Dominicano”.
Explican que esos legisladores de conformidad con los estatutos de esos partidos forman parte de los órganos de dirección de los mismos, “y porque la Constitución de la República, la Ley Electoral, y los precedentes del Tribunal Constitucional y el criterio establecido por el voto razonado de la honorable magistrada Cristian Perdomo Hernández, y el propio TSE en su experiencia comparada relevante, referida en la sentencia objeto del presente recurso de revisión, que prohíben de forma expresa la doble filiación o militancia partidaria”.
Los abogados del Partido Reformista, Alfredo González Pérez, Francisco Rosario Martínez, Luis Rene Mancebo y Manuel Olivero, solicitan al TSE que revise su propia sentencia a la luz de los documentos nuevos que han aportado para solicitar la nulidad de la sentencia.
En la sustentación del Recurso de Revisión, los juristas del PRSC depositaron ante el Tribunal Superior Electoral videos, fotografías y notas periodísticas publicadas en diferentes medios de comunicación a raíz de los acontecimientos políticos desarrollados por estos legisladores que se separaron de las filas del partido colorao en el 2016, “haciendo uso de los símbolos partidarios, colores y bandera del PLD”.
Destacan el caso de Félix Vásquez, que en la actualidad es el vocero del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) en el Senado de la República.
Sobre los diputados Omar de Marchena, María Mercedes Fernández y Rafaela Alburquerque, y del propio senador Vásquez, de la provincia Sánchez Ramírez, los abogados representantes del PRSC dicen que éstos aceptaron ser postulados y resultaron electos en las pasadas elecciones en partidos distingos al Reformista Social Cristiano, los tres primeros por el PLD y el último por el PRD.
“Son hechos públicos y notorios, que los señores Omar de Marchena, María Mercedes Fernández y Rafaela Alburquerque una vez electos al Congreso Nacional, se constituyeron en bloque de legisladores del PLD y no del Partido Reformista, como se comprueba en la pagina web de la Cámara de Diputados, que pueden ser verificados por los honorables jueces”, establecen los abogados en el dispositivo de sus conclusiones.
Piden al tribunal declarar buena y válida en cuanto a la forma el presente Recurso de Revisión de la sentencia 023-2017 de fecha 27 de septiembre de 2017, del Tribunal Superior Electoral, por haberse interpuesto de conformidad con la Ley Orgánica del TSE y del Reglamento de aplicación de Ley numero 29-11.
“En cuanto al fondo, acoger en todas sus partes el presente Recurso de Revisión y actuando por propia autoridad, revocar la sentencia numero 023-2017, del TSE, sustentado en los hechos planteados y argumentados de derecho estipulados en el presente recurso”, plantean en sus conclusiones los abogados representantes del PRSC.