Más bien, la idea de las primarias abiertas parecen un caramelo para la población, pues al fin de cuenta acudiría a votar por pre candidatos escogidos por la estructuras partidarias, que seguirían siendo las dominantes en el proceso.
Y es que antes de someter a la consideración de la población los precandidatos, su selección dependerá del aparato partidario, que está demás decir que es el que tiene bajo la administración los millonarios recursos que se le otorga a los partidos a través de la Junta Central Electoral (JCE). Esto será así a no ser que la ley de partidos establezca el derecho a ser pre candidato de cualquier miembro de partidos sin filtros internos de su dirigencia partidaria.
A ello se ha referido el Foro Permanente de Partidos Políticos de la República Dominicana (FOPPPREDOM), organización que agrupa a la mayoría de los partidos del país. En una nota de prensa que no existe ninguna necesidad real de limitar a un solo mecanismo el sistema de elección de candidatos de los partidos.
El FOPPPREDOM advierte que no debe reducirse la discusión a si deben realizarse primarias abiertas o cerradas como método único de elección de candidatos de los partidos. Existen otros métodos que no son ni mejores ni peores unos frente a otros: todos los mecanismos electivos pueden ser oportunos, adecuados a una coyuntura política determinada.
En consecuencia, el FOPPPREDOM insiste en que debe permitirse a los partidos consignar en sus estatutos todos los mecanismos electivos que los afiliados entiendan procedentes, bajo dos condiciones de reforzamiento que todos los partidos están dispuestos a cumplir: en primer lugar, que se creen unos estatutos de partidos de contenido mínimo que sean examinados al menos una vez al año por la Junta Central Electoral, para que sólo si su regularidad no deja lugar a dudas sean aprobados; y de otro lado, que se consagren mecanismos internos de garantía de derechos y sistemas de recurso ante el Tribunal Superior Electoral y la Junta Central Electoral, cuando proceda.
El esquema precedentemente descrito puede evitar que colapse el intento de Ley de Partidos Políticos que hasta ahora, ha merecido la aprobación no sólo de los partidos sino de toda la sociedad.
Si un partido político entiende que dada la particular coyuntura política por la que atraviesa le conviene “un baño de pueblo”, que haga primarias abiertas. FOPPPREDOM entiende que esa posibilidad estaría permitida en términos constitucionales, si los estatutos la contemplan y los afiliados o militantes lo aceptan. Pero si un partido entiende que el método de las encuestas es efectivo y eficiente para seleccionar sus candidatos, sus estatutos lo admiten y los militantes lo aceptan, entonces nada debe impedirlo.
El FOPPPREDOM defiende la idea de que no deben existir camisas de fuerza, ni obligar a nadie a utilizar por obligación un mismo y único medio de selección de candidatos, como si el problema estuviera en la sábana.
El problema es la democratización de los partidos y la vigencia de un orden normativo justo, y para lograr ese objetivo se impone la aprobación del Proyecto de Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas, y el desarrollo normativo de las disposiciones constitucionales.
A fin de cuentas, los partidos son “de libre organización”, según la disposición expresa del artículo 216 de la Carta Magna. Esa libertad es precisamente la de organizarse como entiendan conveniente y pertinente.
A la sociedad lo que le interesa es que se cumpla el debido proceso electoral, que los ganadores de las contiendas electorales lo sean por el voto de la mayoría y no por triniquiñuelas, trampas o tramas de otro tipo, y que todos tengan la oportunidad de acudir a una instancia interna de resolución de conflictos, tras la cual, para una solución definitiva, se apodere al Poder Judicial. Para el FOPPPREDOM este es el orden liberal, democrático y constitucional.