Los condenados fueron hallados culpables de violación a Ley Lavado de Activos
La condena implica, además, el pago de 200, 150, 50 y 50 salarios mínimos, respectivamente, y una indeminización de RD$20.0 millones, por haberse constituido en asociación de malhechores, utilizando las razones sociales Gestiones Premiun JJ, CxA y Matos Almonte Sánchez y Asociados, para la creación de facturas falsas con valor fiscal en perjuicio de la DGII.
El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a 10, 8, 6 y 5 años de reclusión y a multas de 200, 150, 50 y 50 salarios mínimos, respectivamente, a cuatro personas halladas culpables de dafraudar el Estado mediante la creación de facturas falsas con valor fiscal, en perjuicio de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
Al ofrecer la información, la DGII identificó a los imputados como Franklin Peguero Martínez, ex empledo de la institución, el contable Gerardo Matos Valdez, Carmen Delis Franco Pérez e Ivonne Peguero Martínez, quienes incurrieron en violación a la Ley 72-02 sobre Lavado de Activos proveniente de infracciones graves.
El tribunal acogió, además, la pretensión civil incoada por la DGII condenando a las citadas personas, y las razones sociales Gestiones Premiun JJ, CxA, y Matos Almonte Sánchez y Asociados, empresas utilizadas por estos para la comisión de los hechos, al pago de RD$ 20.0 millones como indemnización.
El tribunal determinó que fueron probadas y sustentadas las circunstancias en que los imputados se asociaron a los fines de estafar y defraudar el Estado Dominicano por un valor de RD$151.0 millones mediante emisión de facturas falsas con valor fiscal y, consecuentemente, incurrir en la violación a los artículos 3 literales a, b y c, 4, 5, 8 literal b, 18, 19, 21 literal b y 26 de la Ley 72-02 sobre Lavado de Activos provenientes de infracciones graves.
Dicho tribunal, para el presente caso, estuvo integrado por las magistradas Ingrid Soraya Fernández, presidenta en funciones; Claribel Nivar Arias, miembro y Ana Lee Florimón, suplente. En la barra acusadora actuaron el licenciado Denny Silvestre, en representación del Ministerio Público y las licenciadas María Cristina Grullón, Yokasta Joaquín y Jandreily Gregorio, representando a la DGII.
“Esta decisión del tribunal está basada en la objetividad perseguida por la Administración Tributaria, con el fin de salvaguardar la importancia de que los contribuyentes no incurran en infracciones penales y den cumplimiento del modo establecido en el ordenamiento jurídico a las obligaciones tributarias, objetivo principal de la DGII”, declaró la entidad recaudadora en un comunicado de prensa.