Miguel Ángel Muñoz Pereyra “Pipe” está acusado de narcotráfico y lavado de activos.
La reciente captura del imputado que se encontraba prófugo desde el 2016 y la medida cautelar se obtienen en el marco de las nuevas estrategias que se implementan en la lucha contra esos delitos.
PERAVIA.- El Ministerio Público obtuvo 18 meses de prisión preventiva en contra de Miguel Ángel Muñoz Pereyra, alias Pipe, acusado de traficar con más de mil kilogramos de cocaína que fueron introducidos al país en el año 2016 por las costas del Distrito Municipal de Matanzas, en esta provincia.
La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Judicial de Peravia dictó la medida cautelar a ser cumplida en la cárcel pública de esta demarcación y declaró el caso complejo a solicitud del Ministerio Público.
Muñoz Pereyra, quien es acusado de cometer delitos de narcotráfico internacional, fue capturado esta semana en el kilómetro 11 de la autopista Duarte, tras permanecer prófugo desde el año 2016, luego del decomiso del cargamento de cocaína, que tenía un peso total de 1,136.96 kilogramos.
En una nota de prensa, el organismo persecutor refiere que la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y la Fiscalía de Peravia lo acusan de cometer los delitos de narcotráfico, patrocinador de esa actividad y de asociación con fines ilícitos.
La institución destacó que Muñoz Pereyra, quien es señalado como miembro de una red internacional vinculada al narcotráfico, se dedicaba a encubrir los activos generados por esa actividad ilícita a través de una serie de bancas de lotería que instaló en el país.
Recordó que por su vinculación a esa red son procesadas varias personas, de las cuales ocho cumplen medidas de coerción consistente en prisión preventiva.
El comunicado expresa que el Ministerio Público le atribuye haber violado el artículo 4 Letra E, 5 Letra A, 33, 34, 35,58, letra A, 59, 60, 61, 72, y 75 párrafo III, 85 letra A, B, C, J párrafo II y 106 de la Ley No. 50-88 Drogas y Sustancias Controladas y los artículos 3 literal A, B, 4 y 5, 8 B, 18, 20, 21 literal A, B, E, 26, 29, 30, 31 párrafo I de la Ley 72-02 sobre Lavado de Activos proveniente del Tráfico ilícito de Drogas y Sustancias Controladas y otras Infracciones Graves en perjuicio del Estado dominicano.