SANTO DOMINGO, RD.-Fue retirado este martes el recurso ante el Tribunal Constitucional que buscaba anular el artículo 20 transitorio, que impide la reelección del presidente Danilo Medina en las elecciones presidenciales del 2020.
La Oficina Ferreras y Asociados, integrada por abogados consultores legales, ubicada en la calle Cruz María Reyes, No. 24, Urbanización Luz de Luna, en el municipio Santo Domingo Este, envió un documento al presidente del Tribunal Constitucional y demás jueces que integran esta alta corte, para ser desestimado, retirado y archivar definitivamente la solicitud de instancia directa de inconstitucionalidad en contra de la vigésima disposición transitoria de la Constitución de la República reformada el 13 de junio del 2015.
En la solicitud, se explica que el recurso de amparo se retira por ser contraria a varias disposiciones permanente de la misma Carta Magna, como los artículos 22, 39, 68, 69, 110, 124 y 6, contentiva en el expediente marcado con el No. TC -01-2018, 0003, depositada el 15 de febrero del año 2018, informa una nota remitida a DiarioDigitalRD.
Al final del documento especifica al recurrente y abogado del recurso, Fredermido Ferreras Díaz.
Se recuerda que el pueblo, partidos de la oposición y diversos sectores se opusieron a la reelección del actual presidente Danilo Medina para los comicios del 2020.
La Fundación Institucionalidad y Justicia, (FINJUS), replicó que la vigésima disposición transitoria “es sumamente clara, bajo ningún concepto esta podría afectar los derechos de los gobernantes ni tampoco generar un marco desigual de posibilidades para el acceso al poder”.
El diputado de Ultramar-Europa Marcos Cross manifestó “hablar de reelección con la limitación que establece el artículo 20 transitorio de la Constitución del 2015, es no pensar en la Patria”.
Asimismo, el presidente de la Cámara de Diputados, Rubén Maldonado, puntualizó que es el Congreso Nacional el único poder del Estado con capacidad para modificar la Constitución en respuesta a la acción directa sometida ante el Tribunal Constitucional que permita la repostulación del presidente Danilo Medina.
Expresó Maldonado “jamás la Constitución misma le da facultades al Tribunal Constitucional para revisar la Constitución misma como tal. Solamente el Congreso Nacional tiene la facultad constitucional de revisar lo que dice la Constitución”.
El diputado del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), Máximo Castro Silverio, consideró este lunes que el recurso de amparo enviado al Tribunal Constitucional (TC) sobre la reelección, es una forma de marear a la ciudadanía, es un “amarraco” y a la vez tantear a la población sobre referido tema.
El legislador reformista sostuvo que “el transitorio” es prohibir una tercera reelección, y el nunca jamás, son claros y no están sujetos a interpretaciones, por lo que el Tribunal Constitucional no podrá actuar en contra de la propia Constitución.