El juez de la Oficina de Atención Permanente, José Alejandro Vargas, impuso tres meses de prisión preventiva como medida de coerción en contra del imputado Johnny Efraín Valverde Cabrera y con respecto a la imputada Amarilys Isabel Liranzo Jackson de 61 años, presentación periódica, una garantía económica de RD$500,000.00 pesos e impedimento de salida, por asociarse en calidad de abogados para presentar demandas millonarias sobre hechos falsos en perjuicio de la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur, S. A. (Edesur).
La fiscal titular de Distrito Nacional, Yeni Berenice Reynoso y la fiscal litigante, Elvira Rodríguez, expusieron en audiencia que la maniobra fraudulenta de los imputados Cabrera y Jackson consistía en interponer demandas en reparación de Daños y Perjuicios en contra de Edesur, utilizando nombres en calidad de notorio, respondiendo los mismos a personas que aun resultaban con vida, para la cual hicieron uso de notas informativas falsas a nombre de la Policía Nacional, ya que las mismas certificaban que las supuestas víctimas habían ingresado a hospitales y que habían fallecido a causa de un shock eléctrico.
Mediante las investigaciones realizadas por el Ministerio Público se determinó que las notas y los nombres que estos utilizaban a nombre de la Policía Nacional eran falsos, de igual forma las actas de defunción y las certificaciones emitidas por los hospitales, ya que no se encontraban en los registros de dicho centro de salud.
Este mismo modus operandi, los acusados Johnny Efraín Valverde Cabrera y Amarilys Isabel Liranzo Jackson, lo realizaron con otra de las víctimas, de nombre Cristobalina Betances Feliz, al depositar la documentación falsa de que falleció a consecuencia de shock eléctrico según establece el Certificado de defunción expedido al efecto por el Médico Legista, quien posteriormente se percató que aparecía como fallecida, porque es beneficiaria de la tarjeta de solidaridad Bono Gas y cuando fue hacer uso de ella no le fue posible porque aparecía como muerta.
El Ministerio Público le otorgó al caso la calificación jurídica de violación a los artículos 147, 150, 151, y 405 del Código Penal Dominicano.
El imputado Johnny Efraín Valverde Cabrera fue enviado al Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres para cumplir la medida de coerción, según ordenó el magistrado Vargas.