Le imponen al musico Rafael Cantisano astreinte de mil pesos diarios por cada día que no acate la sentencia
Una sentencia de la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago condenó a la Fundación Sinfonietta del Cibao, Inc., al pago de una indemnización de más de dos millones y medio de pesos por los daños y perjuicios causados a Ruddy Capellán, director de la Orquesta Sinfónica del Cibao, por el uso del nombre comercial Orquesta Sinfonietta del Cibao, al tipificarlo un acto de competencia desleal.
El magistrado Ramón Francisco Ureña condenó a la institución que preside el músico Leonel Cantisano por violar las leyes 42-08 sobre Defensa de la Competencia y 20-00 sobre Propiedad Industrial y le ordenó la suspensión inmediata del uso fraudulento del nombre Orquesta Sinfonietta del Cibao o de cualquier otro nombre idéntico o similar del que pudiere hacer uso con los mismos caracteres gráficos o sonoros del nombre Orquesta Sinfónica del Cibao.
Además de una indemnización de RD$2,884,600.00, la fundación fue condenada a pagar un astreinte de mil pesos diarios, liquidables cada quince días, por cada día de retardo en la ejecución de la sentencia dictada a partir de su notificación.
El fallo resulta orientador de la protección del derecho de propiedad sobre un nombre comercial y que respalda el ejercicio ético de la promoción de la música sinfónica en el país, dijo el abogado e historiador Edwin Espinal, quien condujo la demanda.