INDOTEL dispone la suspensión provisional de expedición de autorizaciones para el uso de frecuencias en servicios públicos de radiodifusión sonora a nivel nacional.
Con el propósito de disponer de mecanismos que le permitan desarrollar una correcta depuración del espectro radioeléctrico, el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones por vía de su Consejo Directivo dictó la resolución No. 056-18 que dispone la suspensión para el otorgamiento de licencias para la prestación del Servicio Público de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) y Amplitud Modulada (AM), por un período de doce (12) meses, renovable.
El Consejo Directivo del INDOTEL para la adopción de la indicada decisión contó con el apoyo y la asesoría de la Unión Internacional de las Telecomunicaciones (UIT) y estudios internos realizados por personal de la institución.
La resolución del Consejo, órgano responsable de establecer las directrices de políticas públicas y criterios a seguir por el Indotel, instruye la puesta en marcha de un plan de trabajo para la corrección de las distorsiones existentes en materia de espectro radioeléctrico, particularmente respecto a todo lo concerniente a la operación del Servicio de Radiodifusión Sonora en el rango de frecuencia 88-108 MHz., destinada al servicio de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (FM) y la banda 535 – 1705 kHz, atribuida al servicio de radiodifusión sonora de amplitud modulada (AM).
El alcance de esta suspensión es de carácter nacional e incluye las solicitudes de autorizaciones en curso ante dicho órgano regulador; así mismo resulta aplicable para todos los mecanismos de asignación previstos en el marco jurídico y reglamentario que involucren el uso del espectro radioeléctrico para la prestación del servicio público de radiodifusión sonora.
Se recuerda que desde su llegada al Indotel, Luis Henry Molina, presidente del Consejo, destaco como un importante desafío el tema del uso del espectro radioeléctrico y se comprometió a trabajar de acuerdo a las mejores prácticas internacionales como garantía del mandato que la Ley General de Telecomunicaciones, No. 153-98 le impone al referido organismo.
“Analizar en detalle el espectro radioeléctrico, los derechos constituidos sobre él, el uso al que efectivamente está sometido y una ruta de reorganización del espectro” fueron parte de los compromisos asumidos “con miras a proteger el interés superior del país y el desarrollo de las telecomunicaciones que todos los dominicanos merecen” destaco Molina el pasado mes de mayo en su discurso del Día Mundial de las Telecomunicaciones.
El comunicado que anuncia la medida de suspensión provisional surge de la necesidad de adoptar medidas preventivas que permitan ejercer de manera eficiente las funciones de control que con respecto al manejo y administración del espectro radioeléctrico consigna la Ley General de Telecomunicaciones al Indotel.