El gerente general del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), Rafael Pérez Modesto valoró la decisión del Poder Ejecutivo de disponer mediante el decreto 18-19 la creación del Plan Especial Transitorio de Servicios de Salud que beneficiará a 116 mil 334 pensionados y jubilados, quienes pasarán al Seguro Nacional de Salud (SeNaSa).
Resaltó que el decreto revela la sensibilidad y el compromiso social del gobierno del presidente Danilo Medina en su rol de garante del bienestar del pueblo dominicano, en este caso en el aspecto de la salud.
“Es una medida justa y necesaria. Nosotros la calificamos como altamente positiva. A través de la cual un 83% de los pensionados y jubilados registrados en el Ministerio de Hacienda, adquirirán este derecho reclamado y esperado”, manifestó.
El funcionario entiende que la medida constituye un paso de avance para el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), y contribuirá a que el Consejo acelere la incorporación de los pensionados por vejez y sobrevivencia al Seguro Familiar de Salud del Régimen Contributivo, tal como lo establece la Ley 87-01.
Pérez Modesto, dijo que el decreto incluye la cobertura médica por accidentes de tránsito al igual que los trabajadores activos. También podrán incluir al seguro de salud al cónyuge o compañeros de vida del pensionado, a los hijos menores de 18 años de edad y hasta los 21 años si son estudiantes, así como a los hijos con discapacidad.
Dijo que el decreto establece que de forma complementaria también podrán incluir como dependientes adicionales al padre y la madre que dependen económicamente del pensionado, siempre que éste cubra el costo del per cápita correspondiente.
El mandato del Poder Ejecutivo señala que los pensionados y jubilados beneficiarios de este plan podrán adquirir planes complementarios que ofrece SeNaSa, siempre que las primas y coberturas de los mismos hayan sido autorizadas por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL).
Serán beneficiados todos aquellos pensionados o jubilados por el Ministerio de Hacienda, a partir del 1 de enero de 2010, cuyo monto de sus pensiones sean iguales o superiores al salario mínimo nacional de la seguridad social vigente a la fecha de emisión del presente decreto, ascendente a la suma de once mil ciento treinta y siete pesos dominicanos con cero centavos (RD$1 1,137.00).
El decreto detalla que el plan entrará en vigencia 30 días después de la publicación del decreto. En ese período la Tesorería de la Seguridad Social y la Empresa Procesadora de la Base Datos (EPBD-Unipago), habilitarán los mecanismos para el registro, cotización y afiliación de los pensionados y sus dependientes.