SANTO DOMINGO.- En su segundo día, de los 5 otorgados al Consejo de Defensa del Lic. Conrado Pittaluga Arzeno por el Mag. Juez de la Instrucción Especial apoderado de la audiencia preliminar del caso Odebrecht, para exponer los medios de defensa de su representado, dichos defensores destinaron la primera parte de sus intervenciones a explicar los motivos por los que entienden que –respecto de este acusado- no existe formulación precisa de cargos, lo que ocurre con los supuestos tipos penales de “falsedad en escritura pública”, “asociación de malhechores”, “complicidad en soborno” y “lavado de activos”.
Como parte de sus críticas a la formulación de cargos del Ministerio Publico, dicho Consejo de Defensa indicó la falta de coherencia y las contradicciones entre los delitos acusados simultáneamente en base al mismo hecho, no obstante el carácter excluyentes de éstos, circunstancias que imposibilitan el ejercicio efectivo de la defensa frente a una Acusación preparada en esos términos. En este sentido, se resaltó la ilegalidad de pretenderse una acusación por lavado de activos cuando –al mismo tiempo- se acusa de la supuesta participación en el delito previo, del cual se dice ser la fuente del dinero objeto del supuesto lavado, pues se estaría persiguiendo y procurando condenar dos veces en base a un mismo hecho, en violación a garantías constitucionales, entre éstas la prohibición de doble persecución y de doble punición, principio ne bis in ídem.
Posteriormente, se quejaron los defensores de que el Ministerio Público les ocultó las pruebas recabadas durante la fase preparatoria, no obstante su solicitud de ser informados al respecto, violando su derecho a la defensa, la lealtad procesal y el principio de contradicción. Añadieron que desde marzo de 2018 pidieron al Ministerio Público revelarle las pruebas que existían en el expediente contra su representado, y no obtuvieron respuesta sino hasta el día 8 de mayo de 2018, cuando se le entregaron únicamente 10 “pruebas”: 5 no ofertadas para el juicio y 5 ya reveladas con la solicitud de medidas de coerción, pero en todo caso afirmando -falsamente- que a esa fecha sólo contaban con esas pruebas en relación al Lic. Pittaluga. Sin embargo, al presentarse la acusación el Ministerio Publico sorprende con casi 30 pruebas a cargo, todas existentes previo a la referida solicitud de la defensa.
Durante el resto del día, los defensores criticaron –una a una- las pruebas ofertadas por el Ministerio Público, resaltando en un primer momento el tratamiento a las supuestas delaciones premiadas, por haber sido manipuladas, mutiladas, tener tachaduras, añadiduras, faltarles páginas, y no estar firmadas por los supuestos delatores, de donde se deduce su absoluta falta de credibilidad. Prueba de ello es que la remisión de estas “delaciones” por parte del Ministerio Público de Brasil consigna su cantidad de páginas, que difiere –a veces en más de veinte páginas- respecto de las supuestas delaciones premiadas. Por tanto, afirmó uno de los abogados que no se trataba de delaciones “premiadas”, sino de delaciones “peladas”.
Se denunció que el Ministerio Público dejó vencer los plazos otorgados por el Mag. Juez de la Instrucción Especial para investigar las informaciones financieras del Lic. Pittaluga, en algunos casos se actuó un año después de haberse vencido la autorización judicial para acceder a las informaciones financieras de su cliente. En otros tantos casos se actuó sin orden judicial, no obstante el carácter el atentado en contra de la intimidad y la privacidad de su cliente.
El Consejo de Defensa está integrado por los Licdos. Eric Raful Pérez, Santiago Rodríguez Tejada, Edward Veras-Vargas, Manuel Alejandro Rodríguez, Joaquín Zapata Martínez y Conrad Pittaluga Vicioso.