Para el mundo europeo, hasta hace poco, no existía la noción de ciencia política, en el denominado viejo continente lo que existe es las ciencias políticas, esto es: economía política, sociología política, filosofía política, derecho y política, etc. Es en el mundo anglosajón, particularmente en Estados Unidos, donde desde el origen mismo de dicho país, la politología aparece como una ciencia independiente de las etiquetas que hemos enumerado sin que sean limitativas.
Como en la República Dominicana somos hijos de la tradición europea de universidad, al introducir las ciencias políticas, lo hicimos bajo la mecánica del viejo continente. Pero dado que incluso en el viejo continente las ciencias políticas se han independizado de todas las coletillas indicadas, lo que ha emergido es la ciencia política a secas, es decir: la politología.
De modo que en el mundo anglosajón desde el siglo XIX, la politología nació como una ciencia independiente y separada del derecho cuyo objeto de estudio es el análisis del hecho político; en cambio, en Europa, las ciencias políticas quedaron convertidas en ciencia política a secas, a mediados del pasado siglo XX.
Para el caso dominicano, es obvio que con la entrada del siglo XXI existan inquietudes académicas encaminadas a colocar la ciencia política en el punto en que esta existe en Estados Unidos y en el punto en que Europa la concibe desde mediados del siglo XX. Se sabe además que el punto de convergencia entre derecho y política es el derecho constitucional. O, lo que es lo mismo, el debate se centra entre si el derecho constitucional y el derecho administrativo deben pertenecer a la escuela de derecho o a la escuela de ciencia política. Estas posiciones son muy traídas por los cabellos y no ha emergido la consideración de ¿quién tiene la razón en el debate científico iniciado? La respuesta, si de verdad queremos encontrarla, está en los teóricos anglosajones y no en los continentales. Particularmente en Estados Unidos donde a ningún politólogo ni a ningún abogado se les ocurre confundir derecho con política ni viceversa.
Por ejemplo, Robert Dahl, expresa que: “En algunos países, como Francia e Italia, el término ciencia política se ha empleado para designar varios campos especializados tales como el derecho, la economía y la sociología. En dichos países, hasta hace muy poco tiempo, se suponía que el análisis político constituía un aspecto de cada uno de dichos campos, pero no una disciplina intelectual autónoma. Por consiguiente, entre las ciencias políticas, no había ningún campo independiente de ciencia política.” Este politólogo de Estado Unidos tiene muy claro que su país aventaja a Europa en el estudio de la ciencia política. De modo que en nuestro país, debemos inclinarnos hasta echar un vistazo sobre la distinción y los estadios de la ciencia política en Europa y Estados Unidos donde descubriremos que existen matices diferenciadores que ayudan a distinguir derecho de política.
Más todavía, si hacemos el mismo ejercicio en Latinoamérica, notaremos que no solo los países hermanos de nuestra región están inmersos en el mismo ejercicio sino que algunos no solo es que saben diferenciar la politología anglosajona de la europea sino que están trabajando en la elaboración de posiciones doctrinales originarias de nuestra región, lo que equivale a decir que andamos con cierto retraso en el tema con relación a Argentina, Brasil, México, Chile, Colombia, etc.
Deberíamos saber, que autores como David Easton, hace tiempo que desvincularon la politología -desde el punto de vista metodológico-, del derecho. Y que esta postura, en lugar de estrecharse se ha ido ensanchando con nuevos aportes metodológicos como los del sociólogo canadiense Talcott Parsons. Deberíamos saber también que la teoría de la administración, esto es el derecho administrativo, es un campo abierto a la politología por el politólogo Dwight Waldo y que así lo registra: The Handbook of Political Science, vol l, el cual contiene una historia breve sobre: Political Science: Tradition, Discipline, Profession, Science, Enterprise".
Es decir, la politología de Estados Unidos convence cuando de crear estructuras sistémicas para la institucionalidad se trata. El punto es cómo lo han conseguido y la respuesta es fácil: teniendo a la politología como punto de partida del análisis troncal de los estudios académicos relacionados con la convergencia entre derecho y política, es decir, con el estudio no solo del derecho constitucional sino también del derecho administrativo desde una perspectiva politológica.
Así, cuando buscamos por qué EEUU adelanta en institucionalidad y ha estabilizado y desarrollado su democracia, tenemos que mirar hacia lo que han hecho y hacen sus universidades con política y derecho. En el cómo la enseñan, cómo la estudian y cómo la ejercen profesionalmente.
Es porque en su libro The Administrative State A Study of the Political Theory of American Public Administration, el propio Dwight Waldo afirma que: “Una teoría de la Administración Pública significa en nuestra época también una teoría política.” Esto es: se ensancha el campo de la politología y el espacio del derecho queda especializado para el ámbito procesal del derecho.
Podríamos citar autores poco conocidos entre nosotros pero muy populares en Estados Unidos en la materia, pero entendemos suficientes los mencionados. No hemos buscado autores administrativistas alemanes, pero éstos también van en el sentido de que de lo que se trata es de aplicar, de ejecutar, de poner en práctica los objetivos programáticos de la Constitución, y eso es materia de las políticas públicas. El derecho queda como el elemento sancionador con las garantías constitucionales de rigor, pero cuando estamos educando para la democracia como sostiene Peter Häberle, estamos en terreno politológico porque la cultura es también politología.
Es como ha ocurrido por estos días con el mitin de celebración de las más de dos millones de firmas pro Leonel Fernández, en que algunos mentideros políticos han criticado que más del ochenta por ciento de la actividad fue artística. Esta crítica pretende desconocer el método, muy en boga en la politología estadounidense, que otorga un rol central a la denominada cultura del mainstream. Es decir al fenómeno de masa consistente en presentar la cultura como espectáculo político. Es como si se quisiera desconocer que el más alto tribunal del país de la actualidad, es el tribunal jurisdiccional y extra judicial y por vía de consecuencias politológico, denominado Tribunal Constitucional. Este es un hecho político digno de análisis político sobre el cual los abogados parecen no darse cuenta que sus interrogantes sobre la mecánica decisoria del mismo tienen respuestas desde la politología. DLH-12-5-2019