El Tribunal Superior Electoral (TSE) concluyó en una audiencia celebrada este lunes que no es competente para conocer la ación de amparo en contra la resolución de la Junta Central Electoral que mantiene el voto de arrastre en 5 provincias y lo elimina en 26.
La acción de amparo fue presentada por el abogado Ángel Lockward en contra de la resolución 08-2018 de la JCE. Pero el TSE declinó el expediente al Tribunal Superior Administrativo (TSA), por considerar que lo denunciado por el accionante es imputable a un órgano administrativo.
Los jueces del TSE acogieron la solicitud de incompetencia que presentó la JCE y se apoyaron en la sentencia del Tribunal Constitucional número 0282-17 y 082-18. La decisión fue adoptada por mayoría de tres jueces y la disidencia de dos.
Votaron disidentes, Román Jáquez Liranzo, presidente del Tribunal, y Ramón Arístides Madera. Mientras que votaron a favor de que se decline el expediente al TSA los jueces Rafaelina Peralta, Cristian Perdomo y Santiago Sosa.
En la audiencia la JCE estuvo representada por los abogados Pedro Reyes Calderón y Herminio Ramón Guzmán, mientras que el accionante Ángel Lockward se representa así mismo junto con el abogado Carlos Escalante.
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