SANTO DOMINGO, D.N.- El Ministerio Público en su solicitud de medidas de coerción acusa a la señora Marisol Mercedes Franco, esposa de César Emilio Peralta, alias César el Abusador, de haber adquirido bienes muebles e inmuebles que superan los RD$25 millones.
Esto incluyen unun apartamento en la torre Kevany, valorado en RD$16 millones y un vehículo de la marca Mercedes Benz modelo S-500, valorado aproximadamente en US$120 mil, así como un reloj Hublot de 18 kilates, valorado en RD$750 mil, entre otros elementos de lujo.
El sometimiento fue hecho este jueves en la tarde. El MP sometió a la justicia y solicitó la imposición de medidas de coerción, consistente en 18 meses de prisión preventiva, contra Marisol Mercedes Franco.
Su esposo “César el Abusador”, es perseguido por haber dirigido una poderosa red criminal dedicada al lavado de activos producto del tráfico de drogas, han denunciado las autoridades dominicanas.
El órgano del sistema de justicia solicitó la imposición de la medida contra la señora Franco ante la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional.
Franco fue apresada el pasado martes e interrogada respecto a su vinculación con las actividades ilícitas por la que se persigue a su pareja, estableciéndose su vinculación al caso, por lo que dijo se ha procedido a solicitar la imposición de medidas de coerción de prisión preventiva.
Vinculada a la red de El Abusador han sido sometidos a la justicia ocho personas, contra quienes el Ministerio Público ha solicitado la imposición de prisión preventiva y la declaratoria de complejidad del caso.
Otros cuatro se encuentran en proceso de extradición a solicitud de las autoridades de los Estados Unidos, para un total a la fecha de 12 personas, cuyo número continuará en aumento en la medida que capturados y sometidos a la Justicia otros imputados.
Todos son acusados de presuntamente incurrir en asociación ilícita para adquirir, poseer, transferir y utilizar bienes a sabiendas de que han sido producto de un delito de tráfico ilícito de drogas y del delito de lavado de activos proveniente del tráfico de drogas ilícitas.
Indicó en ese orden que esos delitos están tipificados y son sancionados por los artículos 60, 99 y 100 de la Ley No. 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas, y el artículo 3 de la Ley No. 155-17 contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, y los delitos de tenencia ilegal de armas, municiones y sus accesorios, y tenencia y uso de armas de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, cuya tipificación y sanción se encuentra contemplada en los artículos 66 y 70 de la Ley No. 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.