La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales informa a la ciudadanía que el Seguro Familiar de Salud, en el Régimen Contributivo mantiene una situación financiera saludable y sostenible. La SISALRIL monitorea cada mes el comportamiento financiero de cada ARS y del conjunto del sistema.
De acuerdo con el Reglamento para la Organización y Regulación de las ARS (Decreto No. 72-03 de fecha 31 de enero del 2003) y las normativas vigentes, cada ARS está en la obligación de mantener una Reserva Técnica calculada según el número de afiliados y un fondo denominado Margen de Solvencia equivalente al número de afiliados multiplicado por el per cápita mensual aprobado por el CNSS. Ambas reservas deben estar en instrumentos disponibles, y están destinadas a garantizar la cobertura de los beneficios de los afiliados y los pasivos correspondientes a las autorizaciones de servicios a los Prestadores de Servicios de Salud.
La SISALRIL monitorea mensualmente el comportamiento financiero de cada una de las ARS y realiza supervisiones periódicas in situ en cada una de ellas. Cada vez que ha sido necesario, la SISALRIL ha adoptado las medidas necesarias para evitar riesgos que puedan afectar los derechos de los afiliados en alguna ARS.
Ninguna de las ARS habilitadas se encuentra actualmente, de acuerdo con la información disponible, en situación de riesgo de incumplimiento de pagos a los Prestadores de Servicios de Salud o de tener que restringir los beneficios a los afiliados.
Periódicamente, el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), con base en los informes técnicos que le suministra la SISALRIL, revisa y ajusta el efecto de la inflación acumulada en el per cápita que sustenta el catálogo de beneficios del Seguro Familiar de Salud. El último ajuste fue realizado mediante la Resolución 431-02 del 19 de octubre 2017 y, en la actualidad, el CNSS ya dispone de los estudios correspondientes para actualizar dicho ajuste por inflación acumulada en sus próximas sesiones.
Igualmente, el CNSS periódicamente incorpora en el catálogo nuevos beneficios para los afiliados y, con base en los estudios actuariales y Notas Técnicas suministradas por la SISALRIL, realiza los ajustes correspondientes en el per cápita dispersado, a fin de asegurar la sostenibilidad de dichas coberturas para los afiliados y los pagos respectivos a los Prestadores de Servicios de Salud. En la actualidad, el CNSS se encuentra abocado a aplicar una nueva ampliación de beneficios para los afiliados.
El Régimen Subsidiado es financiado exclusivamente con aportes del Estado Dominicano, los cuales son establecidos en el Presupuesto De Ingresos y Gastos aprobados por el
Congreso Nacional. La SISALRIL considera que estos aportes deben ser progresivamente incrementados, a fin de cubrir mejor los cambios introducidos en el catálogo de beneficios y en los costos de los servicios otorgados, favoreciendo una gestión de riesgos en condiciones más favorables. También considera necesario actualizar la situación en los Planes de Pensionados. Sin embargo, la ARS responsable de la administración de riesgos, es igualmente monitoreada y supervisada de manera similar a la descrita para el régimen contributivo.
La ARS SS (Seguro Social), como consecuencia del contenido de la Ley No. 397-19, recientemente promulgada, iniciará un proceso de inhabilitación. La SISALRIL supervisará este proceso de forma de garantizar los derechos de cobertura de los afiliados y que los pasivos sean garantizados de acuerdo a lo establecido en dicha Ley.
Por tanto, cualquier información que señale insuficiencias financieras y riesgos de insolvencia de alguna ARS o que pueda comprometer la sostenibilidad del Seguro Familiar de Salud, no se corresponde con la realidad administrativo financiera actual ni con las previsiones a corto y mediano plazo. La ciudadanía afiliada en el Seguro Familiar de Salud y los Prestadores de Servicios contratados pueden mantener su confianza en que el Seguro Familiar de Salud, una de las más importantes políticas sociales de los últimos quinquenios, continuará brindando las coberturas establecidas en el catálogo de beneficios y con los compromisos asumidos por cada ARS con los Prestadores de Servicios de Salud.