El gobierno modificó este lunes el decreto de toque de queda para permitir que circulen en la noche las personas y vehículos con alimentos y productos industriales.
También se permitirá que transiten vehículos que dan servicios de energía, agua, telecomunicaciones, y que tienen como destinos los puertos, aeropuertos y otros. El horario del toque de queda sigue siendo de 8:00 p. m. a 6: 00 a. m.
El decreto fue emitido luego que este lunes en el tarde el presidente Danilo Medina sostuviera una reunión con los miembros de la Comisión de Alto Nivel para la Prevención y Control del Coronavirus (COVID-19).
El texto que modifica que modifica el anterior es el 136-209 y reza: "Se modifica el artículo 2 del decreto número 135-20, del 20 de marzo de 2020, para que durante el horario de toque de queda se permita también la circulación de las siguientes personas y vehículos: vehículos dedicado al transporte y distribución de mercancía, insumos y combustible, tanto urbano como interurbano.
Las personas que laboren en puertos y aeropuertos, en tránsito hacia o desde sus lugares de trabajo durante las horas del toque de queda excluida de las restricciones de transitar en ese horario, siempre que porte una identificación autorizada de la empresa.
Igual se permitirá circular en ese horario a las personas que laboren en la industria y el comercio de alimentos, productos farmacéuticos e insumos médicos, en tránsito hacia o desde sus lugares de trabajo durante las horas del toque de queda, siempre que porte identificación de una empresa autorizada por la Comisión de Alto Nivel para la Prevención y Control del Coronavirus.
Se permitirá circular a las personas y vehículos destinados a servicios funerarios, exclusivamente cuando estén en servicio".
El toque de queda se ha implementado como medida preventiva para evitar la propagación del coronavirus, la epidemia que tiene paralizada al mundo.