La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) reiteró este jueves que las prestaciones incluidas en el catálogo del Seguro Familiar de Salud (PDSS) están en plena vigencia y deben ser cubiertas por las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) a los afiliados afectados por el COVID-19.
Informa que esto incluye las coberturas habituales por concepto de atención ambulatoria (consultas), emergencias, hospitalización, parto y cesárea, cirugía, apoyo diagnóstico (Imágenes, laboratorio, etc.), rehabilitación, hemoterapia, medicamentos ambulatorios, atención odontológica y las coberturas de alto costo y máximo nivel de complejidad, además de las correspondientes al grupo de Promoción y Prevención.
En los internamientos hospitalarios se cubre hasta el 85% de la tarifa contratada entre las ARS y Prestadores por concepto de atenciones, medicamentos y procedimientos, además de la cobertura por habitación hasta RD$ 2,100.00 por día. El máximo de diferencia que un afiliado debe pagar por todos los servicios del catálogo, recibidos durante internamiento, es de dos salarios cotizables. El actual salario cotizable es de RD$ 13,482.00.
En Unidad de Cuidados Intensivos (UCI), como en todas las coberturas de “alto costo”, la cobertura es del 80% hasta un tope de RD$ 1 millón por año de cotización, a partir de 12 meses de cotización continua o 18 discontinuas, o una proporción si la antigüedad es menor. Igualmente, el copago máximo es hasta el tope de dos salarios cotizables.
Para los pacientes afectados por el COVID-19, todas estas coberturas del catálogo están vigentes, y garantizadas por las ARS.
Las pruebas de PCR para confirmación de COVID-19, prescritas de acuerdo con las indicaciones establecidas por el Ministerio de Salud Pública, que sean realizadas por los laboratorios autorizados por dicho Ministerio, están cubiertas al 100% para toda la población, sin copagos, mientras perdure la emergencia epidemiológica actual, incluso para quienes no sean afiliados al Seguro Familiar de Salud. Los pagos a los laboratorios son realizados por la ARS en la cual esté afiliada la persona, para quienes no sean afiliados, SENASA cubre estos pagos. Los pacientes no necesitan contactar a la ARS, solo solicitar la cita en un laboratorio autorizado, una vez tengan la prescripción médica adecuada.
Cualquier duda o queja sobre coberturas de la seguridad social puede ser tramitada por ante la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) o la SISALRIL.