SANTO DOMINGO. El Tribunal Constitucional (TC) conoció y decidió varios expedientes sobre acciones directas de inconstitucionalidad, revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales y un recurso de casación durante las sesiones virtuales celebradas esta semana, en la que participaron las juezas y jueces que integran el Pleno.
En las reuniones encabezadas por su presidente, magistrado Milton Ray Guevara, el Pleno del TC conoció los expedientes núm. TC-01-2019-0008 y TC-01-2019-0005, relativos a acciones directas de inconstitucionalidad; así como los expedientes TC-04-2017-0215, TC-04-2016-0032, TC-04-2016-0026, TC-04-2019-0147, TC-04-2019-0094, TC-04-2019-0136, TC-04-2015-0037 y TC-04-2019-0175, sobre recursos de revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales.
Los jueces también decidieron sobre el expediente núm. TC-08-2012-0057, referente a un recurso de casación declinado por la Suprema Corte de Justicia.
El expediente núm. TC-01-2019-0008, interpuesto por Wilda Escolástico Quiroz, el veintiuno (21) de marzo de dos mil diecinueve (2019), contra la segunda parte del artículo 33 de la Ley núm. 138-11, Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, se decidió rechazar la acción y consecuentemente declarar la conformidad de la norma atacada con la Constitución de la República.
En cuanto al expediente núm. TC-01-2019-0005, incoado por Gregory Castellanos Ruano, contra los artículos 66 y 69 de la ley 3-19, que crea el Colegio Dominicano de Abogados, la decisión adoptada es rechazar la acción y consecuentemente declarar la conformidad de las normas atacadas con la Constitución de la República.
Sobre el expediente núm. TC-04-2017-0215, interpuesto por Mediterránea Engineering, S.R.L., contra la Sentencia núm. 249-05-2017-SSEN-00187, dictada por el Tercer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional en fecha primero (1) de agosto de dos mil diecisiete (2017), la decisión adoptada es rechazar el recurso y consecuentemente confirmar la sentencia objeto del mismo.
En el expediente núm. TC-04-2016-0032, incoado por los señores Adán Poche Espinal y Rafael Cornelio Cueto, contra la Sentencia núm. 253, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia en fecha dos (2) de septiembre de dos mil quince (2015), se decidió declarar inadmisible el recurso.
Asimismo, se conoció también el expediente núm. TC-04-2016-0026, interpuesto por la señora Asia Yaquelin Pérez Reinoso, contra la Sentencia núm. 676/15, dictada por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Monseñor Nouel en fecha veintiséis (26) de junio de dos mil quince (2015). La decisión adoptada es declarar inadmisible el recurso en cuestión.
Además, fue conocido y decidido el expediente núm. TC-04-2019-0147, incoado por el señor Natanael Guzmán Beltré, contra la Sentencia núm. 790, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia en fecha veinticinco (25) de septiembre de dos mil diecisiete (2017). En este caso, la decisión tomada es rechazar el recurso y confirmar la sentencia recurrida.
En el expediente núm. TC-04-2019-0094, interpuesto por la señora Ydenice Altagracia De Jesús Taveras, contra la Sentencia núm. 247, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia en fecha diez (10) de abril del año dos mil diecisiete (2017), se decidió rechazar el recurso y confirmar la sentencia atacada.
De su parte, se conoció también el expediente núm. TC-04-2019-0136, incoado por Granos Nacionales, S.A., contra la Sentencia núm. 13-2019, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia en fecha treinta (30) de enero de dos mil diecinueve (2019). La decisión adoptada en este caso es rechazar el recurso en cuestión y por tanto confirmar la sentencia recurrida.
Además, fue conocido y decidido el expediente núm. TC-04-2015-0037, interpuesto por los señores Amable José Botello Guerrero, Omaira Melina Altagracia Morel Herrera, Carmen Amelia Pión Castillo, Vivian Estela Melo Díaz, Zoila Buenaventura Pión Cordero, Clara Aurora Pión de Cruz y Ana F. Payán Valdez de Pión, contra la Sentencia núm. 116, de fecha seis (6) de marzo de dos mil trece (2013), por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso-Administrativo y Contencioso-Tributario de la Suprema Corte de Justicia. En este caso, la decisión tomada es rechazar el recurso y confirmar la sentencia objeto del mismo.
En el expediente núm. TC-04-2019-0175, incoado la empresa Decoraciones Metálicas, S.A., (El Artístico) y el señor José Ignacio Morales Reyes (fallecido), contra la Resolución núm. 5190-2017, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia en fecha veintinueve (29) de septiembre de dos mil diecisiete (2017). La decisión adoptada en este caso declarar la inadmisibilidad del recurso.
Sobre el expediente núm. TC-08-2012-0057, interpuesto por el Ing. Emerson Eusebio Ponciano (en calidad de alcalde del Ayuntamiento Municipal de Bayaguana), contra la Sentencia núm. 080/2010, dictada por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Monte Plata en fecha veintiocho (28) de abril de dos mil diez (2010), se decidió acoger el recurso, revocar la sentencia atacada y declarar inadmisible la acción de amparo.
El Tribunal Constitucional se mantiene sesionando en modalidad virtual debido a la situación causada por la pandemia del denominado COVID-19. A tales efectos, se han dispuesto medidas para asegurar la continuidad de las operaciones esenciales de manera presencial y el teletrabajo en una gran parte del personal. Esta semana estará sesionando igualmente.
El TC informó que estas informaciones en estado de emergencia no sustituyen la publicación de los comunicados sobre adopción de decisiones que seguirán siendo emitidos, conforme la normativa institucional.
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