El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones afirmó este martes que siempre ha actuado en apego al ordenamiento jurídico vigente, y al respecto señaló que dio cumplimiento a lo ordenado por la sentencia del Tribunal Superior Administrativo de octubre de 2018, y la dictada por el Tribunal Constitucional en diciembre de 2019, con relación a los trabajos de construcción de la Terminal Interurbana de Autobuses del Este.
“No hay lugar a dudas que el MOPC ha dado cumplimiento a lo ordenado por la sentencia TSA-030-04-2018-SSEN-00348, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) el 1 de octubre de 2018 y por la sentencia TC/0553/19, dictada por el Tribunal Constitucional el 10 de diciembre de 2019, en total apego al ordenamiento jurídico vigente”, destaca el Ministerio a través de un documento suscrito por el ministro Ramón Pepín.
Refiere que la construcción de la Terminal Interurbana de Autobuses del Este, que se construye en el municipio Santo Domingo Este, es una de las cinco terminales contempladas en el Plan Estratégico de Movilidad Urbana Sostenible 2017-2022 (PEMUS), con lo que serán beneficiados millones de dominicanos.
El MOPC destaca que en su sentencia el TSA solo dispuso la suspensión provisional de la obra hasta tanto se cumpliera con los requisitos de presentar el permiso de uso de suelo de la obra, emitido por el Concejo Municipal del Ayuntamiento de Santo Domingo Este.
También, la habilitación ambiental expedida por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, “disponiendo dicho tribunal la reanudación de los trabajos si se obtuvieren los permisos señalados”.
Al respecto, el MOPC resalta que de manera expresa, en el artículo tercero de su sentencia el TSA “ordena se mantenga la paralización de la obra hasta tanto se cumpla con los requisitos precedentes, y de ser favorables puedan continuar la construcción de la misma”.
Y añade que Obras Públicas acató de inmediato la decisión del TSA y procedió a acreditar las autorizaciones requeridas por ese tribunal.
Destaca que estas incluyeron un estudio de impacto ambiental de la Terminal Interurbana de Autobuses del Este, elaborado en julio de 2018 por la firma prestadora de servicios ambientales HDC Internacional, y registrado en el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales con el código No. F13-175.
También, la Habilitación 003123, emitida el 7 de septiembre de 2018 por el Ministro de Medio Ambiente, expresando la “No Objeción” por parte de esa institución a la construcción del proyecto de terminal.
Asimismo, refiere la Resolución No. 48-18, emitida el 13 de diciembre de 2018 por el Concejo Municipal del Ayuntamiento de Santo Domingo Este, mediante la cual se otorgó el permiso de uso de suelo para que el MOPC construyera la obra.
De igual manera, la comunicación DEIA-538-2020 del 20 de febrero del año en curso del Ministerio de Medio Ambiente, mediante el cual ratifica la habilitación 003123, emitida el 7 de septiembre de 2018, en consonancia con la Resolución 15-16 dictada por ese Ministerio el 9 de noviembre de 2016.
“Resaltamos, de igual forma, que al procurar y obtener de manera favorable las supra-indicadas autorizaciones, el MOPC también dio cabal cumplimiento a la Sentencia TC/0553/19, emitida por el Tribunal Constitucional el 10 de diciembre de 2019, ya que la misma se limitó a confirmar lo decidido por la sentencia dictada por el TSA el 1º de octubre de 2018, al rechazar el recurso de revisión sometido por los accionantes”.