SANTO DOMINGO (RD).- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), con competencia para conocer las casaciones en materia civil y comercial, emitió el pasado viernes 24 de julio 627 decisiones de expedientes conocidos durante el estado de emergencia por el COVID-19.
Los asuntos resueltos se dividen entre 385 sentencias sobre recursos de casación, pronunciadas en audiencia pública y 242 resoluciones administrativas adoptadas en cámara de consejo.
Los magistrados Pilar Jiménez Ortiz, presidenta de la sala, Samuel Arias Arzeno, Justiniano Montero Montero y Napoleón Estévez Lavandier dieron a conocer los fallos en el marco del Plan de Continuidad de Labores del Poder Judicial, que prevé que en la Fase Intermedia se publiquen los casos que fueron conocidos durante la etapa anterior.
La lista de expedientes decididos está disponible en el vínculo https://bit.ly/333QcgC. Las partes interesadas podrán solicitar copia simple o certificada de su decisión a través de serviciojudicial.gob.do
El pasado 8 de julio, la Tercera Sala, que conoce en materias de tierras, laboral, contencioso-administrativo y contencioso tributario, dio lectura a 231 sentencias. El Poder Judicial ha informado que entre marzo y junio de este año las Salas y el Pleno de la Suprema Corte de Justicia deliberaron y decidieron respecto de 2,975 expedientes en total.
Entre los fallos que emitió el viernes la Primera Sala se destacan varias decisiones que marcan jurisprudencia de relevancia a partir de los conflictos resueltos. La Sentencia núm. 0873/2020, que se expresa sobre el reconocimiento de la paternidad, establece que las acciones de filiación tienen carácter “personalísimo”, por lo que la acción en reconocimiento solo puede ser intentada por el pretendido hijo y no por los descendientes de este último después de su muerte.
En otro tipo de caso, la sentencia núm. 0594/2020 determina que la reventa por falsa subasta no retrotrae el procedimiento a la lectura del pliego de condiciones, pues al ordenarla el juez debe limitarse a fijar fecha para la reventa, bajo las reglas del mismo pliego de condiciones.
Mientras, la sentencia núm. 499/2020 desarrolla la proporcionalidad de las obligaciones contractuales, respecto de la excepción “non adimpleti contractus”, sobre lo cual esta alta Corte establece que cuando se trata de un incumplimiento parcial del contrato, los jueces deben evaluar la gravedad de la parte no ejecutada.