La institución sin fines de lucro, Asamblea Nacional Ambiental, solicitó al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales la cancelación de la Licencia Ambiental No. 0385-20, la cual fue expedida a favor de la empresa Aeropuerto Internacional de Bávaro para la construcción y operación de dicho proyecto.
A través de una instancia formal dirigida al referido ministerio, la organización ambientalista fundamentó las razones en las cuales identifican irregularidades serias en el procedimiento de evaluación ambiental que culminó con la expedición de la Licencia Ambiental No. 0385-20 y que, por tanto, justifican la cancelación de la misma o, en su defecto, su declaratoria como acto lesivo al interés público a fin de que su revocación sea posteriormente procurada ante la jurisdicción correspondiente.
Además de puntualizar sus consideraciones jurídicas y técnicas respecto a la violación al debido proceso administrativo en el procedimiento de evaluación ambiental, los abogados Bartolomé Pujals y Jaime Rodríguez, representantes de la Asamblea Nacional Ambiental y en su calidad de abogados-ambientalistas, expresaron que: “En el presente caso se configura una nulidad de pleno derecho respecto de la Licencia Ambiental No. 0385-20, dado que la misma ha sido dictada en vulneración derechos fundamentales reconocidos en la Constitución, específicamente los derechos de protección al medio ambiente y de recursos naturales, que encuentra una garantía en las condiciones y el procedimiento de evaluación ambiental que en este caso ha sido totalmente violado.”
De acuerdo a los Términos de Referencia dispuestos para el proyecto y al Reglamento del Proceso de Evaluación Ambiental para los proyectos de categorización A, sobre los cuales es necesario presentar un Estudio de Impacto Ambiental y tienen como tipo de autorización a la Licencia Ambiental, el promotor deberá realizar por lo menos una vista pública en la zona de influencia del proyecto, que será de invitación abierta, publicada en un periódico de circulación nacional o por los medios de comunicación que resulten adecuados para la zona de estudio.
Sobre lo anterior, los abogados establecieron que en la documentación disponible no existe constancia respecto de la primera de esas vistas públicas y que fue violado el plazo que la normativa ambiental prevé para celebración de la vista pública, una vez ha sido comunicado al Ministerio de Medio Ambiente. Así también, indicaron que “las violaciones a las normas de procedimientos son graves dado que tuvieron como objetivo excluir la participación de la ciudadanía del proceso de evaluación ambiental y revelan un interés reprochable por aprobar de manera express la autorización ambiental, antes del cambio de gestión gubernamental.”
La Asamblea Nacional Ambiental, de manera concluyente, solicitó que se disponga de manera provisional la suspensión de los efectos jurídicos de la Licencia Ambiental expedida a favor de la empresa Aeropuerto Internacional De Bávaro Aib, S.A.S., hasta tanto sean investigados los hechos denunciados en dicha solicitud y la misma sea definitivamente decidida; así como también que dicha licencia sea declarada como lesiva al interés público y, en consecuencia, proceder a su cancelación.
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