Las personas con dificultades económicas para cubrir el monto de la multa correspondiente, podrán realizar trabajo comunitario, siempre que logren la autorización de un juez competente.
Las multas que son impuestas a los ciudadanos que violentan las disposiciones sanitarias dirigidas a enfrentar el COVID-19 ingresan a los fondos del Ministerio Público, que ha recibido hasta la fecha la suma de RD$92.7 millones.
Los transeúntes que violan las medidas pagan RD$1,000; los motociclistas RD$2,000; una persona que se desplace en un vehículo RD$5,000 y una persona sorprendida en un centro o espacio de diversión RD$2,000, detalló el organismo judicial.
Un bar, restaurante o un centro o espacio de diversión, así como una fiesta privada que viole las medidas implicará una sanción de RD$100,000.
“El propietario o responsable de un autobús que transporte personas será sancionado con RD$50,000; el de un vehículo de carga RD$30,000 y el de una gallera RD$100,000.”, expone en la información colgada en su pagina web.
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Cuando el cúmulo de faltas exceda los RD$100,000, “en ningún caso el monto no precisado podrá ser inferior a RD$100,000”, indica
Desde que se estableció el toque de queda, a la Procuraduría General de la República ha ingresado un monto de RD$92,655,290 por sanciones impuestas a personas y negocios que violentan las disposiciones sanitarias.
De esos RD$92.7 millones, un total de RD$6.4 millones ingresaron en abril; RD$13.6 millones en mayo; RD$8.4 millones en junio; RD$1.9 millones en julio; RD$6.9 millones en agosto; RD$8.8 millones en septiembre; RD$11.8 millones en octubre; RD$13.5 millones en noviembre y RD$21.3 millones en diciembre.
El Ministerio Público estableció este lunes que las personas arrestadas por violar el toque de queda impuesto por el Gobierno y que tengan dificultades económicas para cubrir el monto de la multa correspondiente, podrán realizar trabajo comunitario, siempre que logren la autorización de un juez competente.
Así lo dispone una instrucción impartida por la procuradora general de la República, Miriam Germán Brito, a todos los miembros del Ministerio Público. “En caso de verificar que el pago de una multa constituiría una imposibilidad para el imputado, que soliciten al juez competente la conversión de la multa en trabajo comunitario, de utilidad pública o interés comunitario en una institución estatal u organización sin fines de lucro”, dice.
El instructivo, acompañado de las referencias al marco legal correspondiente, dispone que los agentes de la Policía Nacional deben presentar, “sin demora y sin falta”, por ante el Ministerio Público a toda persona arrestada por violación al toque de queda y a las medidas relativas a las aglomeraciones de más de 10 personas en espacios públicos y privados de uso público.
Dichas restricciones, que se extienden hasta el 21 de este mes, se corresponden con lo dispuesto por el Decreto 7-21, emitido por el Poder Ejecutivo el pasado 8 de enero.