VILLA ALTAGRACIA (San Cristóbal).-El Ministerio Público depositó la noche de este jueves la solicitud de medida de coerción en contra de los seis policías implicados en la muerte de una pareja de esposos y las heridas provocadas a una persona en un hecho ocurrido en esta localidad el pasado martes.
En la instancia, la Fiscalía de Villa Altagracia solicita a la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Juzgado de la Instrucción de este municipio que imponga un año de prisión preventiva a los imputados y que declare el caso complejo. La audiencia se conocerá a las 11:00 de la mañana de este viernes.
La solicitud fue hecha en contra de Victorino Reyes Navarro (segundo teniente), Domingo Perdomo Reyes (sargento), Norquis Rodríguez Jiménez (cabo), Ángel de Los Santos (cabo), así como contra los rasos Antony Castro Pérez y Juan Samuel Ogando Solis.
Los integrantes de la patrulla policial son procesados por la muerte de Eliza Muñoz Marte, de 32 años de edad, y su esposo Joel Eusebio Díaz Ferrer, así como por provocarle heridas al joven Claudio Alberto Ramírez Lamais, de 29 años.
El órgano de justicia indicó que el hecho ocurrió cuando las víctimas se trasladaban hacia Santo Domingo a bordo del carro marca Kia, modelo K5, color blanco, por la autopista Duarte, luego de participar en el cierre de una campaña religiosa en una iglesia evangélica del sector Los Ganchos, del municipio Villa Altagracia, provincia San Cristóbal.
Detalla que el grupo fue interceptado a la altura del Kilómetro 45, próximo a la entrada norte del municipio de Villa Altagracia, por la patrulla policial que en una actuación criminal, sin mediar palabras, la emprendió a tiros contra el vehículo, causando múltiples heridas de armas de fuego a la pareja de esposos y las heridas a Ramírez Lamais.
El Ministerio Público le ha otorgado al presente hecho la calificación jurídica provisional de violación los artículos 295, 296, 297 298, 304, 265, 266 y 184 del Código Penal Dominicano; artículo 66 de la Ley 631-16 (Ley para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados), en perjuicio de las victimas Joel Eusebio Díaz Ferrer y Eliza Muñoz Marte.
También, los artículos 2, 295, 296, 297 298, 304, 265, 266 y 184; artículo 66 de la Ley 631-16 en perjuicio de Claudio Alberto Ramírez Lamais y Carlos José Pérez Báez, sobrevivientes al hecho.
El órgano de justicia dijo que cuenta con suficientes evidencias testimoniales, documentales y materiales que vinculan a los imputados al hecho criminal.
Indicó que los procesados no ofrecen garantías para presentarse a los actos del procedimiento y someterse a los mismos, en razón de la gravedad de los hechos imputados y de que carecen de un arraigo suficiente para descartar el peligro de fuga, por lo que la medida idónea a imponer en este caso es la prisión preventiva.