De acuerdo con Procompetencia, los agentes económicos fijaban los precios de analgésicos y antigripales de la marca Winasorb, en perjuicio de los consumidores en la República Dominicana.
Santo Domingo,.- El Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (PRO-COMPETENCIA) emitió en fecha 14 de junio de 2021 la Resolución Núm. 010-2021 que decide sobre el procedimiento administrativo sancionador en contra de cuatros empresas las que acusa de ponerse de acuerdo para fijar los precios de productos médicos en violación al artículo 5 literal a) de la Ley núm. 42-08
Las empresas sancionadas son Profarma Internacional, S.R.L, Sued & Fargesa, S.R.L., Mercantil Farmacéutica, S.A. y J. Gassó Gassó, S.A.S., a las que se les comprobó que estos agentes económicos se pusieron de acuerdo para fijar los precios de analgésicos y antigripales de la marca Winasorb, en perjuicio de los consumidores en la República Dominicana.
Las citadas empresas fijaban de manera indirecta el precio estableciendo los mismos porcentajes máximos de descuento en la comercialización, y fijaban de manera directa los precios de comercialización a través del acatamiento coordinado del precio sugerido por el agente productor, en este caso Glaxo Smith Kline (GSK).
Se indica en un comunicado de Procompetencia que dichas actuaciones se traducen en precios más elevados y productos menos innovadores para los consumidores, que por tratarse de medicamentos reviste un especial interés social.
La entidad explica que en votación unánime del Consejo Directivo, el órgano impuso sanciones económicas a estas empresas considerando su nivel de participación individual en las mencionadas prácticas concertadas.
A la empresa Profarma Internacional se les sancionó con el pago de 315 salarios mínimos del sector, a Sued & Fargesa 281 salarios mínimos, a Mercantil Farmacéutica 167 salarios mínimos y a J. Gassó Gassó 38 salarios mínimos.
La ley 42-08 dispone que se tome como base para el cálculo de las multas el salario mínimo del sector de que trate, que para empresas grandes es RD $17,610.60. La combinación de las multas hacen un total ascendente a $14,106,090.60 pesos.
Entre las pruebas valoradas por el Consejo para la toma de su decisión se consideraron algunos correos electrónicos intercambiados por los citados agentes económicos, coordinando dichos acuerdos. Estos correos fueron incluidos en el cuerpo de la resolución, que ordena el cese de las actuaciones generadas en el marco de las conductas sancionadas y establece una penalidad de 3% del monto por cada mes dejado de pagar, y advierte que la ley permite duplicar la multa en caso de reincidencia.
Esta resolución es la primera dictada por Pro-Competencia en materia de acuerdos anticompetitivos y prácticas concertadas, por lo que crea un precedente del tratamiento que le dará la Comisión a este tipo de actuaciones en lo delante.
Para preservar la debida confidencialidad de algunos datos obtenidos durante el proceso, la versión pública de la resolución, que consta de 168 páginas, estará disponible esta misma semana en la web www.procompetencia.gob.do