Las multas pueden llegar hasta 3,000 veces el salario mínimo y la inhabilitación permanente del Registro de Proveedores del Estado (RPE)
PRO-COMPETENCIA y la Dirección General de Contrataciones Públicas advierten a los proveedores del Estado que los acuerdos de ofertas en términos de precio o cualquier condición comercial en procesos de compras y contrataciones públicas,así como la repartición o asignación de ofertas en dichos procesos, están prohibidos por el artículo 5 de la Ley General de Defensa de la Competencia, Núm. 42-08 y pueden acarrear multas de hasta 3,000 veces el salario mínimo.
En ese sentido, ambas instituciones Indican que dichas acciones pueden implicar la inhabilitación permanente del Registro de Proveedores del Estado (RPE),de acuerdo a lo establecido en la Ley de Compras y Contrataciones
Las referidas instituciones emitieron estas orientaciones en un comunicado a continuación: