La nueva normativa, publicada el viernes, entrará en vigor el próximo lunes con carácter general, pero otras indicaciones no serán obligatorias hasta el lunes 18 de octubre.
MADRID, 9 Oct. (EUROPA PRESS) –
El Ministerio de Salud Pública de República Dominicana ha anunciado una serie de restricciones que se aplicarán a las personas no vacunadas y que incluyen el acceso a lugares públicos, incluidos los centros de trabajo.
Los mayores de doce años deberán presentar la tarjeta de vacunación que incluya al menos una dosis de la vacuna para estar en lugares de uso colectivo como centros de estudios, transporte público, restaurantes, centros comerciales y de diversión, informa el periódico dominicano 'Listín Diario'.
La nueva normativa, publicada el viernes, entrará en vigor el próximo lunes con carácter general, pero otras indicaciones no serán obligatorias hasta el lunes 18 de octubre.
Entre las primeras se encuentran el uso obligatorio de mascarillas, el lavado frecuente de manos, el respeto al distanciamiento físico y los demás protocolos sanitarios vigentes y que los establecimientos de uso público podrán recibir personas hasta un 75 por ciento de su capacidad, siempre cumpliendo los protocolos.
Además, establece que para la celebración de actividades que impliquen aglomeración se deberá contar con la autorización del Ministerio de Salud Pública y se confirma la prohibición de expedir bebidas alcohólicas en colmados, discotecas, bares, casinos y centros de diversión de lunes a viernes a partir de las 0.00 y sábados y domingo a partir de las 2.00 horas de la madrugada.
Esas disposiciones entrarán en vigor este lunes a las 5.00 horas de la mañana, cuando termina el Estado de Emergencia y las restricciones de movilidad mediante toque de queda, que estarán vigentes un año y siete meses.
Entre las medidas individualizadas que entrarán en vigor a partir del lunes 18 se encuentran que los mayores de doce años deberán presentar un documento de identidad y su tarjeta de vacunación con por lo menos dos dosis de vacunas contra el Covid-19, ambos originales o en copias legibles física o digital a la autoridad pública o privada para asistir de manera presencial a lugares concretos.
Entre esos lugares se encuentran los centros de trabajo con espacios cerrados y de uso colectivo; a los centros de estudios de todos los niveles, sean públicos o privados; para utilizar cualquiera de los medios de transporte de uso público, sea urbano o interurbano y para ingresar a restaurantes, bares, colmadones, discotecas, clubes, centros comerciales, tiendas, casinos, gimnasios, centros deportivos y cualquier otro centro de diversión.
En caso de no haberse vacunado con dos dosis, las personas mayores de 18 años tendrán que presentar de manera recurrente una prueba PCR original con resultado negativo realizada máximo siete días antes por el Ministerio de Salud Pública o un laboratorio autorizado.
Salud Pública podrá otorgar un permiso especial a las personas que no puedan vacunarse por razones médicas.
Advierte además que en caso de la falsificación de alguno de esos documentos, la persona responsable podrá ser perseguida y sancionada de conformidad con las disposiciones del Código Penal.
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