El presidente Luis Abinader emite decreto 722-21 que suspende a Adán Peguero como director del Instituto Postal Dominicano, INPOSDOM, de conformidad con el artículo 88 de la Ley núm. 41-08, de Función Pública.
En su lugar queda designada, de manera interina, Katiusca del Carmen Báez de Hilario.
La decisión del gobernante se produce luego que se estableciera que en el Instituto Postal Dominicano (Inposdom) se estableció una alianza irregular con la empresa Mía Cargo, violando varias leyes, como la 47-20 de Alianza Público Privada y 340-06 de Compras y Contrataciones Públicas, lo que evidencia queAdán Peguero, actual titular de la entidad, maneja esa institución como un feudo personal.
El contrato con la referida empresa es irregular al no haber realizado ningún proceso competitivo, además de violar la 140-15 del Notariado, debido a que las firmas están certificadas por un notario del Estado de la Florida; y la 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, en virtud de que carece de una declaración sobre el origen de los fondos utilizados.
“No ha sido publicado, no está en la página del Inposdom y esto evidencia que hay un manejo poco transparente”, planteó el abogado Francisco Guillén al ser consultado sobre el contrato solicitado de manera insistente por el programa Nuria Investigación Periodística a la institución y cuyo director se negaba a entregar bajo el alegato de que el consultor jurídico de la entidad, Joaquín Féliz, no se encontraba en la oficina al momento de la entrevista.
Finalmente, al día siguiente, la institución entregó una parte del acuerdo firmado con una empresa privada representada por el argentino Diego Vestillero y los cubanos Jesús Solé Martínez y Jesús Solé Llerena, en abril de este año, sin haber realizado ningún proceso competitivo en el que participaran varios oferentes.
Sin embargo, como se puede constatar en las instalaciones de Inposdom, la identidad institucional está atada a la imagen de la marca. Desde la máquina de expendio de bocadillos hasta los uniformes de los empleados tienen el logo de Inpospak by Mia Cargo.
“Lo que más llama la atención es la ausencia de cláusulas qué determinen primero la responsabilidad de las partes; porque si estamos tercerizando un servicio público esencial, tenemos que saber que hay una serie de responsabilidades que la entidad privada, el agente privado, que fue contratado, tiene que asumir. Por el contrario aquí hay una cláusula de indeterminación de la responsabilidad dentro de las partes”, afirmó el abogado Francisco Guillén al ser consultado sobre el contrato cuya vigencia es por tiempo indefinido y que establece que el objetivo de la alianza estratégica comercial sería la ejecución de los servicios de recepción, control, procesamiento, transporte, reencaminamiento y entrega de la carga nacional e internacional, así como el desarrollo de múltiples oportunidades de negocios que puedan las partes desarrollar.
Esto quiere decir que el Inposdom queda completamente atado a la responsabilidad frente a los clientes y a los terceros por las faltas que pueda cometer Mia Cargo en sus operaciones.
“No hay cláusulas qué establezcan cuáles van a ser los vínculos o cómo va a ser el manejo o el uso por parte de la empresa de las instalaciones del Inposdom que tiene locales a lo largo y ancho de todo el país”, agregó Guillén.
De acuerdo al Certificado de Registro Mercantil de la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo, el capital de Mia Cargo es de apenas 150 mil pesos y la dirección del domicilio de los accionistas, Jesús Solé Llerena y Jesús Solé Martínez es la misma de Inposdom.
“Si hay un incumplimiento contractual dentro de las escasas y muy flexibles cláusulas que tiene el acuerdo, si el Inposdom tiene que notificar a la empresa, ¿lo va a notificar dentro de la misma infraestructura del Inposdom, en el mismo domicilio? Esto no da un aire de buen derecho. No da un aire de cumplimiento de la norma”, consideró Guillén.
En el caso del tercer accionista de Mia Cargo, el argentino Diego Aníbal Vestillero, actualmente está siendo procesado en su país de origen por contrabando agravado en grado de tentativa luego de haber intentado ingresar 76 contenedores con productos valorados en casi 20 millones de dólares en el marco de la causa conocida como “la Mafia de los contenedores”, en la que empresas traían artículos de valor disfrazados de supuestas mudanzas para evitar el pago de los impuestos correspondientes.
“Él fue descargado de esa situación”, afirmó el director del Inposdom al ser cuestionado sobre el tema y dijo desconocer que para asistir al relanzamiento de Inpospak en el país, el 8 de julio, el empresario argentino tuvo que solicitar una autorización a las autoridades para salir de Argentina, con destino primordialmente a Miami, Estados Unidos, por el término de seis meses. El permiso fue otorgado por un plazo de seis meses, desde el 15 de mayo hasta el 15 de octubre de este año, bajo el pago de cien mil pesos argentinos, acreditando tanto su salida como regreso en cada oportunidad y estando a disposición del Tribunal cada vez que se le requiera.
De acuerdo a lo establecido por El Disenso, un periódico argentino de investigación, Vestillero continúa trabajando exactamente en el mismo rubro en el que está siendo procesado, a través de un ecosistema de empresas que operan desde diversas webs que ofrecen todos servicios muy similares: compra en el exterior y envíos a otros países con 4 offshores a su nombre. La última empresa en haber sido creada fue “DV AIR LLC”, la cual está registrada en la calle 7955 NW 64TH Street, Miami, FL 33166, la misma dirección de “MiaCargo Group LLC” y EZEMARVAL LLC, otra compañía en la que aparece como director y bajo la cual presentó el registro de tres marcas para transporte internacional de mercadería: “MiaProduct” “MiaCargo” e “Inpospak”.
Es decir, que registró como suya una marca que debería pertenecer al Estado dominicano.
Al ser cuestionado sobre el porqué de la necesidad de aliarse a Mia Cargo, el director de Inposdom alega que la institución carecía de una dirección física en Estados Unidos para recibir los paquetes que tendrán como destino final a República Dominicana.
Otra irregularidad en torno al contrato con la empresa que ni siquiera tiene Registro de Proveedor del Estado es que no fue publicado en ninguna de las plataformas que establecen las normativas.
Este no sería el primer cuestionamiento que ha tenido que enfrentar Adan Peguero, designado como director del Inposdom el 16 de agosto de 2020, pues en 2006 fue removido de sus funciones como director del comedor de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), tras ser acusado de la compra de productos a sobreprecio.
“En la UASD existe lo que se llama la cultura del sometimiento. Si tú chequeas todos los rectores han sido sometidos a la justicia, con el difunto Mateo Aquino Febrillet, junto con Emma Polanco, la rectora actual”, dijo Peguero al ser cuestionado sobre el tema y atribuir las acusaciones a intereses de sus opositores políticos.
Negó que comprara los productos sobrevaluados. “¿Qué sucede con la universidad, muchas veces? La universidad no tiene fondos para pagar y coge un crédito. Si el crédito tú lo pagas en seis meses. no te lo van a dar el mismo precio que comprarlo cash (efectivo)”, manifestó.
Respecto a otro caso, en el año 2013, cuando era gerente financiero de la universidad estatal y fue acusado, junto al exrector, el fenecido Mateo Aquino Febrillet, así como otros exfuncionarios de la academia por asociación de malhechores y otras presuntas irregularidades en una licitación para la compra de butacas por 62 millones de pesos, dijo que el caso fue archivado tras demostrarse su inocencia.
“Nos descargaban en una instancia y nos sometían en la otra, nos descargaban en una instancia y nos sometían en la otra, nos descargaban en una instancia y nos sometían en la otra. Hasta que llegó a la Suprema Corte de Justicia, donde dio el archivamiento final”, expresó Peguero.