El Banco Central de la República Dominicana (BCRD) aclara que el incremento de 50 puntos básicos realizado en la Tasa de Política Monetaria (TPM) no aplica a las facilidades otorgadas a las entidades de intermediación financiera para canalizar préstamos a los sectores productivos claves como manufactura, construcción, agropecuario, turismo y exportación, así como para el comercio, hogares y MIPYMES.
Santo Domingo, República Dominicana. El Banco Central de la República Dominicana (BCRD) informa a los agentes económicos y al público en general que la decisión adoptada por su Comité de Mercado Abierto en la reunión mensual de política monetaria de noviembre de 2021, de incrementar su Tasa de Política Monetaria (TPM) de 3.00% a 3.50%, no aplica a las facilidades de liquidez otorgadas por dicha institución por un monto de hasta RD$215,814.3 millones, un 5% del PIB, para que las entidades de intermediación financiera canalizaran préstamos a los sectores productivos, hogares y micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), con el objeto de mitigar el impacto económico adverso de la pandemia del COVID-19, contribuyendo de esta forma con el estímulo necesario para el mantenimiento de las actividades productivas y de consumo.
En este sentido, los recursos otorgados por el BCRD a las entidades de intermediación financiera a través de la Facilidad de Liquidez Rápida (FLR) se mantienen a una tasa de interés invariable hasta su vencimiento de 3.0% anual, garantizada con valores emitidos por el Ministerio de Hacienda, el Banco Central, empresas privadas y por cartera de crédito de bajo riesgo. Asimismo, las facilidades otorgadas mediante la Ventanilla de Financiamiento de Reporto se mantienen en 3.5% anual, garantizada con valores emitidos por el Ministerio de Hacienda y por el Banco Central, razón por la cual deben mantenerse hasta un 8% anual, invariables hasta su vencimiento, las tasas de los préstamos canalizados por dichas entidades a los sectores productivos; y para hogares y MIPYMES a las tasas competitivas pactadas originalmente entre las entidades y los deudores, de acuerdo con los costos inherentes a estos segmentos del mercado.
De igual manera, deben mantenerse fijas hasta su vencimiento las tasas de interés de los préstamos otorgados a los referidos sectores con recursos liberados de encaje legal. Es decir, que no se pueden modificar los términos y condiciones de los préstamos canalizados por las entidades de intermediación financiera con recursos obtenidos en las diferentes ventanillas de liquidez del Banco Central.
Igualmente, las referidas tasas de interés permanecerán invariables para las renovaciones de líneas de créditos que mantiene el BCRD luego del inicio del retorno gradual y ordenado de la liquidez otorgada mediante las diferentes facilidades, de modo que los sectores productivos, hogares y las MIPYMES puedan contar con estos
recursos a bajo costo, como capital de trabajo necesario para continuar con normalidad sus actividades productivas.
El Banco Central de la República Dominicana reafirma su compromiso con la estabilidad macroeconómica y el buen funcionamiento de los sistemas financiero y de pagos, manteniéndose vigilante para adoptar de manera oportuna las medidas que sean necesarias para tales fines.
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