Los jueces declararon la inadmisibilidad por falta de calidad, legitimación procesal pasiva, de acuerdo a lo que establece el artículo 21 de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos,
SANTO DOMINGO. – El Tribunal Superior Electoral (TSE) declara inadmisible de oficio el recurso de amparo preventivo de extrema urgencia que buscaba anular la convocatoria de la convención de dirigentes del Partido Revolucionario Dominicano (PRM), para la reforma de los Estatutos.
Los jueces electorales declararon la inadmisibilidad por falta de calidad, legitimación procesal pasiva, de acuerdo a lo que establece el artículo 21 de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, número 33-18 y el artículo 83 del reglamento de procedimientos contencioso electorales, luego de oír los argumentos de las partes.
Los magistrados actuantes fueron Ygnacio pascual Camacho Hidalgo, presidente; y los jueces titulares Juan Alfredo Biaggi Lama, Rosa Pérez de García, Pedro P. Yermenos Forastieri y Fernando Fernandez,
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